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Que se congelen todas las transacciones financieras que surjan como producto de la explotación agroindustrial en las cuencas de los ríos Curvaradó y Jiguamiandó, en el Chocó, ordenó la Corte Constitucional al Gobierno, en atención a la protección de los derechos de las familias pertenecientes a comunidades afrodescendientes que fueron desplazadas de esa zona.
El alto tribunal recordó el contenido de la Sentencia 0102 de 2009, en la que se había convocado a numerosas empresas palmicultoras con presencia en la Región para que restituyeran las tierras en las que ejercían su actividad económica a las comunidades afrodescendientes que, ancestralmente, habían habitado la zona.
La Corporación pidió que se "Aplique lo previsto en el Decreto 2007 de 2001, con el fin de congelar a partir del presente Auto, todas las transacciones relativas al uso, posesión, tenencia, propiedad, o explotación agroindustrial o minera de predios amparados por el título colectivo de las cuencas de los ríos Curvaradó y Jiguamiandó (…) Sobre tales transacciones opera la presunción de ilegalidad a que hace referencia el Auto 008 de 2009".
De la misma manera, la Corte ordenó la suspensión del proceso de entrega de tierras que empezaría a hacerse efectivo en los próximos días, hasta tanto no se hayan cumplido con las condiciones de protección ordenadas por el mismo Tribunal para blindar a la población desplazada de tales predios, que inlcuyen la determinación de la composición de las comunidades y el carácter de su compenetración con el territorio.
Que "suspenda inmediatamente el proceso de restitución administrativa y entrega física de los territorios colectivos de las cuencas de los ríos Curvaradó, hasta tanto haya finalizado el proceso de censo y caracterización a que hace referencia el ordinal anterior y se haya realizado la Asamblea General para la elección del Consejo Comunitario Mayor mencionado en los ordinales anteriores, de tal manera que se clarifique la legitimidad y representatividad de sus autoridades colectivas", ordenó la Corporación.
Así mismo, la Corporación determinó que las etapas previas a la entrega de tierras debe ser asistida por los organismos de control y por la comunidad internacional, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Comité Internacional de la Cruz Roja, las Brigadas Internacionales de Paz –BIP- Colombia, la Acnur y de otras agencias del Sistema de Naciones Unidas interesadas en este proceso, así como de la Unión Europea y de las embajadas de países amigos que han hecho seguimiento a la situación.
A más tardar, el 18 de junio del presente año el Ministerio del Interior y de Justicia deberá presentar un informe de avance de todo lo actuado, con miras al redimensionamiento definitivo de las políticas de atención del Estado dirigidas a la población de esos territorios que, victimizada por el conflicto armado, ha sido desplazada de tales predios.