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El alto tribunal declaró improcedente la acción presentada por el general en retiro, en la que buscaba que se rechazaran los cargos que enfrenta por secuestro y desaparición forzada.
La corporación no encontró violaciones al debido proceso en la manera como la Fiscalía Cuarta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia diseñó la estructura sobre la cual se produjo la indagatoria que rindió el acusado ante ese organismo.
Además, la providencia señala que no se hallaron irregularidades en la formulación de la acusación, por cuanto se ordenó al juez el levantamiento de la suspensión del proceso que se adelanta en contra de Ramírez Quintero.
El accionante argumentaba que la fiscal delegada, Ángela María Buitrago, no le había otorgado el tiempo suficiente, ni las herramientas para documentarse como debía, en el propósito de rendir su versión de los hechos frente a ese ente acusador, lo cual fue desestimado por la Corte Constitucional en la revisión de la tutela.
De esta manera, la juez 51 Penal del Circuito de Bogotá, Cristina Trejos, queda facultada para seguir conociendo del caso del general Ramírez Quintero, quien durante la época de la retoma del Palacio de Justicia oficiaba como coronel del Comando Operativo de Inteligencia y Contrainteligencia, Coici.
Esta fallo, preferido por una de las salas de revisión de la Corte Constitucional, confirma la decisión de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, que rechazó la tutela por considerar que el accionante no agotó otros recursos procesales a los que podía acudir, por cuanto su actuación no argumentaba lo suficientemente bien la vulneración de sus derechos fundamentales.