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Invalidan sentencia que obligaba a Cajanal a pagar cerca de $13 mil millones

El fallo fue proferido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia.

12 de junio de 2009 – 04:53 a. m.

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Esta decisión reversa una sentencia proferida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Valledupar en el año 2004.

Para que la demanda prospere es necesario que sea presentada por la parte civil ante un Tribunal Administrativo. Según la Corte, existe violación al debido proceso por lo que se anula la totalidad de la actuación surtida en el proceso ordinario laboral.

La revisión fue solicitada por la Procuraduría General de la Nación Delegada para Asuntos del Trabajo y la Seguridad Social.

La sentencia señala además que La Fiscalía y el Consejo de la Judicatura debe revisar las actuaciones surtidas dentro de dicho proceso, es decir, investigar a los abogados y funcionarios´públicos que participaron en el proceso.

Éste fue promovido ante un juez laboral por 43 personas en contra de Cajanal para el reconocimiento de pensión gracia de jubilación.

"En opinión del Ministerio Público, dado el régimen que cobija a los demandantes, ellos debieron acudir a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y no a la Jurisdicción Ordinaria, por lo que se considera que el Juez Primero Laboral de Valledupar incurrió en una vía de hecho y violación al debido proceso, al admitir y dar curso a la demanda", señaló la Procuraduría.

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