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Durante uno de los partidos del Campeonato Mundial de Fútbol, un jugador uruguayo mordió a uno italiano; el presidente de Uruguay manifestó que Suárez no había sido elegido como integrante de la selección para tener buenos modales, Maradona dijo que patadas y codazos se dan todos los días en ese deporte y un antiguo técnico del mismo equipo afirmó que se estaba tratando al deportista como si fuera un delincuente.
Para valorar la trascendencia de conductas como la descrita es indispensable tomar en consideración el contexto en el que se despliegan; por ejemplo, nuestros jóvenes usan cada vez más frecuentemente expresiones como “marica” en su trato coloquial, sin que ninguno se sienta afectado por el calificativo; si en desarrollo de una reunión oficial de jefes de Estado, alguno de ellos utiliza semejante palabra para referirse a otro aprovechando su cercana amistad, su gesto podrá ser apreciado por los demás como una manifestación de mala educación; si alguien escoge ese vocablo para referirse de manera despectiva a las inclinaciones sexuales de otro, no cabe duda de que habrá incursionado en los predios del derecho penal.
En el mundo deportivo sucede algo similar; hay jugadores y técnicos cuya arrogancia dentro y fuera de las canchas ha llevado a que se los califique como maleducados; respecto de ellos bien podría decirse que no están en esos puestos para hacer amigos y probablemente no sean los más populares a la hora de escoger invitados para actos sociales; pero esa sola actitud no les puede ser reprochada ni disciplinaria ni penalmente. Deportes como el fútbol implican un contacto personal válido que no sería permitido en otros ámbitos sociales, como por ejemplo empujarse con el hombro o tocarse para medir distancias; pero además, la forma en que se disputa el balón hace casi inevitable la existencia de roces que exceden lo permitido en el transcurso de un partido, como las patadas o los codazos que se propinan a un rival mientras se intenta despojarlo de la pelota; esos comportamientos son sancionables por el árbitro en el entendido de que son contrarios al reglamento, pero pueden ser interpretados como estrechamente relacionados con la actividad deportiva, aun cuando lleguen a tener consecuencias graves como una fractura. Morder a un contrincante para ganarle una posición dentro del campo de juego es una acción que no puede considerarse como vinculada al balompié, donde el empleo de los dientes no está previsto como una forma razonable de ejercer contacto; esa clase de actuaciones caen dentro de la esfera de influencia del derecho penal y quien las despliega puede ser procesado por la comisión de un delito de lesiones personales.
Incluso en deportes de alta violencia física como el boxeo hay reglas que no deben ser traspasadas; por cruda que suene la descripción, en desarrollo de un combate reglamentario se puede matar al oponente, siempre que para hacerlo se usen golpes legítimos; si uno de los contendientes le asesta al otro un puño por debajo de la cintura, puede ser amonestado por el árbitro; pero si decide arrancarle parte de la oreja con un mordisco, su conducta deberá ser tratada como un crimen.