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Cuando Guillermo Gutiérrez* murió, los hijos que habían quedado del matrimonio no quisieron compartir la herencia con otro de sus hermanos Laureano Gutiérrez*, que era hijo del mismo padre pero no de la misma madre. La familia argumentó que en el momento de la supuesta concepción, la madre de Laureano tenía "pluralidad de tratos sexuales", por lo que no podía determinarse con certeza que éste fuera hijo de Guillermo.
En primera instancia negaron las pretensiones del Laureano Gutiérrez argumentando que su madre tenía un vínculo matrimonial con otro hombre, y que según la ley vigente (45 de 1936), el demandante "se presumía hijo legítimo del marido"; aunque habían ordenado una prueba de ADN ésta no pudo practicársele directamente al padre porque había sido incinerado. El familiar varón más próximo faltó a varias de las citas impuestas por el Juzgado, supuestamente por ocupaciones laborales y por tanto la prueba nunca pudo ser practicada.
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia en segunda instancia amparó los derechos de Gutiérrez, pero la Corte Suprema, a través de su Sala de Casación Civil decidió casar la sentencia porque no estaba plenamente probado que el demandante fuera hijo de Guillermo Gutiérrez.
En el momento en que la Corte tomó el caso, ordenó que se hicieran pruebas de ADN al pariente varón más próximo del presunto padre, que para ese momento ya había muerto. La Corte le entregó la misión al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali para que en conjunto con Medicina Legal y Ciencias Forenses hicieran las pruebas en el cadáver del familiar. El resultado: es 99.902576 por ciento probable que Guillermo Gutiérrez sea el padre de Laureano.
Además de la prueba de ADN la Sala de Casación Civil de la Corte utilizó diferentes testimonios para tomar su decisión. Entre ellos el de una compañera de trabajo del señor Guillermo, que aseguró que él siempre habló de su hijo Laureano en el trabajo, "lo mostraba en la oficina a todos, nosotros ya sabíamos que era hijo de él, Guillermo era todo orgulloso mostrando a su hijo".
Por ello ordenó que la repartición de la herencia del señor Gutiérrez fuera hecha de nuevo, esta vez teniendo en cuenta a Laureano.
Lo que dice la Corte de las pruebas de ADN
Para el Alto Tribunal "la importancia de este tipo de análisis es tan determinante, que a través de ellos se descubren sutiles vestigios cromosómicos que perduran -en forma latente e inexorable-, de generación en generación, permitiendo que, una vez descubiertos, la labor reconstructiva del juez llegue a conclusiones muchos más certeras, casi asimilables a la certidumbre total"; ésta última sería alcanzada cuando los resultados de las pruebas alcanzan el 99.9 por ciento o más.
"Cuando la prueba genética no brinda un grado de probabilidad que alcance a satisfacer el volumen de probabilidad que exige la ley, su importancia no se desvanece, puesto que es posible que ella sirva para articular el contenido de los restantes elementos de juicio que reposan en el expediente".