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Corte cree innecesarios apartes del Estado de Conmoción

Por primera vez desde que el Gobierno decretó el estado de conmoción,
la Corte Suprema de Justicia hizo un pronunciamiento sobre el asunto:
los problemas de congestión no se acabarán con soluciones de
coyuntura, sino de estructura.

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La Sala de Casación Civil de la Corte indicó que el Gobierno al decretar el estado de conmoción no pensó en que los problemas de congestión de la Rama Judicial no abarcaban a todos.

"Una simple labor de contraste entre las razones aducidas para declarar el Estado de Conmoción Interior y la codificación introducida de manera extraordinaria al artículo 372 del Código de Procedimiento Civil, señala la ausencia total de conexidad, en la medida en que, de un lado, la Corte Suprema de Justicia en ningún momento ha suspendido o paralizado sus funciones y, de otro, la Sala de Casación Civil, actualmente, no enfrenta problemas de congestión".

Además indicó el Tribunal que "en todo caso, aún si se admitiese la existencia de problemas de congestión relacionados con el funcionamiento de la Corte, hay que ver que tales desajustes serían eminentemente estructurales y no coyunturales o sobrevinientes; por lo mismo, no podrían ser resueltos con medidas especiales destinadas a conjurar situaciones extraordinarias y urgentes, lo que dicho de otro modo, viene a significar que de presentarse un fenómeno como el anotado, su solución tendría que darse por el curso ordinario del Estado de Derecho", resaltó.

Entre una de las razones que utilizó el Gobierno para decretar el estado de conmoción, fue una gran congestión de toda la rama judicial.

La Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico del Consejo Superior de la Judicatura, tiene cifras que indican que la administración de justicia presenta más de 120.751 procesos que se han dejado de fallar así como 36.986 decisiones de tutela, la no realización de 25.284 audiencias, incluidas 15.983 audiencias de Control de Garantías.

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