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¿Reforma a la tutelitis?

Se abre un acuerdo para reglamentar la acción judicial y evitar los ‘choques de trenes’.

23 de septiembre de 2008 – 03:21 p. m.

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Desde hace más de un mes la agenda política se ha concentrado en la polémica reforma a la justicia presentada por el Gobierno. La iniciativa, que tanta ampolla ha suscitado entre juristas, académicos y dirigentes, no contempla en su articulado, sin embargo, ni una sola coma sobre la controversia ininterrumpida que desde hace varios años protagonizan las altas cortes por cuenta de la tutela contra sentencias judiciales.

Por eso, se comenta en voz baja en los pasillos del Palacio de Justicia que es inaudita una reforma que no aborda los enfrentamientos causados por la aplicación de tutelas y posteriores desacatos a esos fallos. En ese contexto, desde hace varias semanas, magistrados de las altas cortes han ventilado la posibilidad de lanzar una propuesta para regular el mecanismo judicial que acabe de una buena vez con los ‘choques de trenes’.

Son seis los temas que se discuten. El primero es que sí proceden tutelas contra sentencias judiciales, posición que ha mantenido la Corte Constitucional y que ha sido la piedra angular de varios ‘agarrones’ con la Corte Suprema. En ese sentido, otra de las propuestas es que las tutelas contra sentencias de altas cortes que en última instancia examina la Corte Constitucional las definan los nueve magistrados de esa corporación y no sólo los tres que integran las salas de revisión.

Así, sostienen varios magistrados, se asegura una discusión en la Sala Plena que blindaría cualquier decisión tomada. También se ha discutido la idea de que, en adelante, el Consejo de la Judicatura no pueda revisar acciones de tutela. Como se sabe, varios polémicos fallos de ese alto tribunal han desatado controversias, entre otras, con la Corte Suprema. Esta iniciativa ha sido objeto de polémica en el Consejo de la Judicatura, que en los últimos años ha ganado protagonismo con sentencias de tutela.

Ante presuntos ‘excesos’ en la interpretación, las cortes buscan establecer un período mínimo de caducidad para la presentación de tutelas contra sentencias judiciales. En otras palabras, si en máximo seis meses luego de notificada una sentencia los ciudadanos no invocan la tutela, no podrián hacerlo después. Y una cosa más: se plantea que la tutela sólo podrá concederse por violaciones a derechos fundamentales de ciudadanos, lo que significa que “no se podrán hacer ponderaciones probatorias en procesos o involucrarse en asuntos de interpretación legal”, comentó un magistrado.

En últimas, lo que se busca es un consenso entre las cortes para regular el centro de los escandalosos choques de trenes por la aplicación de la tutela. ¿Podrá lograrse?

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