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Jalón de orejas blancas

Antieditorial
09 de marzo de 2014 – 09:04 p. m.

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Se agotó la espera de la elección parlamentaria en medio de un debate nacional sobre la naturaleza del voto en blanco y sus efectos.

Voy a mostrar que el editorial “El voto en blanco” de El Espectador, publicado el 20 de febrero pasado, carece de la profundidad que los lectores nos merecemos y falta a la verdad.

En la cuenta de Twitter del director Fidel Cano suele observarse “el jalón de orejas” para los periodistas que han fallado en algún aspecto de su misión. Es sano mantener un ambiente de disenso respetuoso con argumentos comprobables materialmente, no obstante el editorial falla en su misión, porque en lugar de observar hechos concretos para defender su posición, muestra lo justo y oculta lo inconveniente sobre la legislación en materia de voto en blanco, a saber: artículo 258 de la Constitución Política, reformado por el Acto Legislativo 01 de 2009, y la Sentencia C-490 de 2011 de la Corte Constitucional.

Cuando no hay profundidad en las posiciones editoriales, encontramos confusión entre los lectores que depositan su confianza en acreditadas publicaciones; falta a la verdad el editorial cuando dice que el voto en blanco requiere mayoría simple para que se repita una elección popular. Hastía que el editorial señale que debido a “espacio a la interpretación” es que algunos sostenemos que el poder invalidante del voto en blanco requiere mayoría absoluta. En realidad lo hacemos porque la máxima autoridad en materia constitucional así lo determinó; el texto de la reforma política de 2009 que otorgaba el poder invalidante del voto en blanco con mayoría simple fue declarado inexequible por la Corte Constitucional. Esto no se encuentra sujeto a debate.

El editorial no muestra la diferencia del funcionamiento del voto en blanco para elecciones unipersonales y corporaciones públicas. Para una elección unipersonal, el voto en blanco puede invalidarla con mayoría absoluta y se realizará por única vez una nueva elección con nuevos candidatos; es una nueva elección con nuevos candidatos de los partidos de siempre y sus hijastros. Para una elección a corporación pública el voto en blanco puede invalidarla con mayoría absoluta y se realizará por única vez una nueva elección con las listas que superen el umbral, por tanto es una nueva elección con los candidatos y partidos de siempre y sus hijastros, pues ninguno de estos está obligado a cambiar los nombres en sus listas ni está en riesgo de perder la personería jurídica gracias a los votos de sus ilegales actividades clientelistas, con un agravante: se marginarán de la nueva elección los partidos pequeños y con voto de opinión que no superen el umbral.

¿Ciudadanos que votan en blanco buscan que llegue a la Presidencia algún nombre nuevo de los partidos de siempre? No. Tienen ganas de constituyente, y pueden lograrlo emulando a la séptima papeleta mientras el voto en blanco no está diseñado para saciarles esas ideas calientes.

¿Ciudadanos que votan en blanco buscan que se conforme un Parlamento con los mismos nombres de los partidos de siempre y eliminando a los partidos alternativos o de oposición? No, pero lo van a lograr votando en blanco. ¿Votar en blanco es fácil y da la sensación de tener la conciencia limpia? Sí. ¿Y saca a los corruptos y clientelistas del Congreso? No. ¿Es difícil encontrar buenos candidatos y votar un gobierno digno? Sí, como todo lo que vale la pena.

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