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Tercera palomita en Whatsapp: un rumor que podría ser útil

Pese a que muchos ya lo dan por hecho, Whatsapp no ha confirmado la implementación de esta función. Sin embargo, su uso podría marcar un precedente en materia de seguridad.

Diego Ojeda
16 de diciembre de 2021 – 03:07 p. m.
Hay que tener más conciencia de lo que decimos, y a quién se lo decimos.
Hay que tener más conciencia de lo que decimos, y a quién se lo decimos.

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No, Whatsapp no ha confirmado que implementará una tercera palomita o ‘chulito’ para notificar cuándo la otra persona en el chat ha tomado una captura de pantalla.

No obstante, estos rumores ponen sobre la mesa un debate interesante, y es el de si las aplicaciones de mensajería instantánea deberían, o no, notificar este tipo de acciones.

Para muchos, el problema de fondo órbita alrededor de la seguridad y privacidad, pues al ser este un canal de comunicación bastante demandado, es propenso a que se presenten casos en los que los usuarios consideren que sus derechos están siendo vulnerados.

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Para analizar esto hablamos con el abogado y profesor de la Universidad del Rosario, Francisco Bernate, quien de entrada asegura que tomar una captura de pantalla, o emplear cualquier otro método para registrar una conversación de la que se es partícipe no es un acto ilegal.

Él incluso resalta que la misma podría configurarse como material probatorio en medio de un proceso judicial. “Ese es un derecho que tienen ambas personas, independientemente de que se esté, o no, cometiendo un delito”, detalla. Sin embargo, aclara que cuando se trata solamente de un ‘pantallazo’, este se considera un indicador, mas no una prueba contundente de que la otra persona dijo eso. Para que esta tome peso. se tendrían que hacer verificaciones adicionales.

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Incluso continúa siendo legal si estos pantallazos contienen información sensible, como cuando una persona le envía a otra su número de cuenta bancaria.

El pero está en la divulgación

Aunque las capturas de pantallas son legales, la persona que las hace sí podría incurrir en un delito o falta cuando las divulga. Recientemente, resalta Bernate, la Corte Constitucional se refirió al respecto en un caso de abuso sexual, en el que la mujer publicó información de su agresor en redes sociales, entre la que se encontraba su dirección de residencia. Dijo que era innecesario y que no guardaba relación con los hechos.

Más allá de los estrados judiciales, la divulgación de pantallazos también se puede constituir en una falta o delito cuando estos contienen información que la otra parte solicitó no publicar. Incluso, Bernate aclara que una persona está en el derecho de solicitar a otra que borre los pantallazos que ha hecho, en la medida en que comprometan la confidencialidad, y que se abstenga de publicarlos parcial o totalmente.

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“Si aún así la otra persona lo hace, podría incurrir en un delito que se llama divulgación de documento reservado, y tiene una pena de multa; o revelación de información privilegiada, que tiene una pena de prisión de cuatro a ocho años”, detalla.

Es en estos últimos escenarios que la triple palomita o chulito de Whatsapp podría resultar útil. Sin embargo, hay que tener en cuenta que sea en este canal de comunicación, o en cualquier otro, siempre estaremos propensos a que registren lo que hablamos, por lo que hay que tener una mayor conciencia de qué decimos y a quién se lo decimos.

 

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