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El 28 de agosto de 2017, la Fiscalía General le anunciaba al país la imputación de cargos por concusión en contra de uno de sus propios funcionarios: el Fiscal Tercero Delegado ante los Jueces Penales del Circuito Especializado de Cúcuta, destacado ante el Gaula, Ricardo Emiro Galvis Manosalva. Se le endilgaba entonces haberle pedido $20 millones a Argelino Pérez Pérez, quien enfrentaba un proceso por extorsión, para asegurarse que las víctimas no se presentaran en el juicio y que el caso terminara en una preclusión. No aceptó los cargos.
En libertad, el fiscal Galvis Manosalva enfrentó el juicio que terminó con una condena en su contra anunciada el 16 de septiembre de 2019, día en que fue detenido en la capital de Norte de Santander. La Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta le dictó una pena de 8 años y 4 meses de prisión, asegurando que el funcionario abusó de su cargo para pedir el dinero y que, en efecto, recibió en dos entregas $15 millones. A cambio, habría pedido la libertad de Argelino Pérez Pérez en una audiencia realizada en septiembre de 2013.
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Galvis Manosalva insistió en que era inocente y le pidió a la Corte Suprema que lo absolviera indicando que la Fiscalía nunca pudo probar que él hubiera solicitado el dinero citado, ni cuándo lo hizo, siendo irregular por parte del Tribunal haber fijado el 25 de enero como fecha del supuesto hecho sin que así lo hubiera establecido el ente investigador. Y cuestionó la credibilidad del testigo Pérez Pérez quien durante el juicio se contradijo sobre las veces en las que se reunió con él.
Más de un año después, antes de salir a vacancia judicial, el alto tribunal absolvió por duda razonable y ordenó la libertad inmediata del fiscal Galvis Manosalva al considerar que la Fiscalía incurrió en falencias investigativas que impidieron comprobar si el hecho delictivo en efecto existió. La sentencia de la Sala Penal de la Corte Suprema hizo un detallado análisis de las pruebas para luego hacerle un jalón de orejas a la Fiscalía y al Tribunal por haber dictado una condena dando “por demostrados sucesos que no contaron con una corroboración, así como le asignó credibilidad a testimonios que, si se observa bien, son contradictorios o confusos”.
Empezando por el testimonio de la supuesta víctima: Argelino Pérez Pérez. Para la Corte Suprema, a pesar de ser testigo directo de la alegada petición de dinero, nunca pudo dar una versión clara de cómo se hizo. “Por ejemplo, al ser interrogado sobre la fecha en la cual se le hizo la ilegal solicitud, Argelino no precisó ningún día, así como tampoco concretó si la ilegal petición se la efectuaron una o varias veces, pues se limitó a indicar que no recuerda la época en la que tuvo ocurrencia los hechos pero que él se había reunido con Galvis Manosalva en unas 3 ó 4 ocasiones para tratar dicho asunto, siendo la primera de ellas 4 ó 5 meses después de haber sido privado de su libertad, lo cual acaeció en el mes de octubre de 2012”.
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Esa imprecisión hizo que la Fiscalía, desde el inicio del caso, llegara a afirmar que la petición de dinero se hizo varias veces para luego aclarar que siempre fue una sola. Y a indicar que hubo varias reuniones al respecto, que solo habrían podido ocurrir cuando fue trasladado de la cárcel a la sede del Gaula, lo cual solo pasó tres veces: el 18 de octubre de 2012, 25 de enero y 21 de junio del 2013. Pero en esas fechas, el fiscal Galvis Manosalva no estaba en Cúcuta. Y en la fecha en que ambos sí coincidieron, un testigo negó que esa petición hubiera sucedido.
“El agente (…) fue enfático al sostener que Pérez Pérez nunca estuvo solo mientras permaneció en las instalaciones del Gaula, él siempre se encargó de recibirlo en la puerta de la edificación donde funciona dicha entidad, al tiempo que lo acompañó hasta ese mismo punto cuando terminó la diligencia. Añadió que, en todo caso, durante su estadía en las oficinas antes referidas, Argelino siempre se encontró bajo su vigilancia y la del custodio del Inpec, pudiendo asegurar que nunca tuvo oportunidad de cruzarse con Ricardo Emiro Galvis, ni con ninguna otra persona”, precisó la Corte.
Esa versión es corroborada por otro testigo. Para la Corte Suprema, es curioso que Pérez nunca informara en dónde le hicieron la supuesta petición (una sala, un pasillo). Y no tiene sentido que la Fiscalía no hubiera aportado alguna prueba de cómo este reunió el dinero si, como dijo Pérez, la familia le ayudó con ventas y otras actividades. Además, la Fiscalía dijo que solo se habrían pagado $15 millones porque el abogado de Pérez se habría quedado con $5 millones, hecho que es negado por completo por el apoderado.
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“No es claro que tal pago se hubiera registrado, pues como puede observarse, los protagonistas del suceso se contradicen en aspectos tan elementales como fundamentales, como lo son el monto dinerario que recibió el abogado Wilson Gerónimo, o los motivos por los cuales Ricardo Emiro Galvis únicamente habría recibido 15 de los 20 millones pactados, pues como se advirtió, mientras Argelino sostiene que ello fue así porque su abogado descontó de ahí sus honorarios, éste asegura que fue el resultado del incumplimiento por parte del Fiscal”, dijo la Corte.
De otro lado, la Corte consideró que en efecto era improcedente la petición que hizo el fiscal Galvis de pedir en audiencia la libertad de Pérez, pero que no hay una prueba de que esa solicitud esté ligada a la supuesta exigencia económica y porque esta diligencia habría ocurrido antes de la supuesta entrega de dinero que tampoco se probó que sucediera. A esto se suma que, en el juicio, el fiscal buscó en todo momento la condena de Pérez Pérez.
“El Ente Investigador no logró acreditar, más allá de toda duda, que el acá procesado efectivamente abordó a Pérez Pérez para solicitarle la suma de 20 millones de pesos (…) Dado que la Fiscalía no logró desvirtuar la presunción de inocencia del procesado y, por lo tanto, no pudo llevar a la Corte a un estado de convencimiento más allá de toda duda razonable, lo que implica la subsistencia de varios interrogantes, la Sala se encuentra en la obligación de resolver dichas dudas en favor del procesado”, dijo la Corte.
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Este no es el primer proceso penal del que sale victorioso Galvis Manosalva pues el 26 de noviembre de 2014, la Fiscalía le imputó cargos por los delitos de falsedad ideológica en documento público y prevaricato por acción por haber impuesto y luego revocado en 2011 una medida de aseguramiento dictada contra Wuilman Tarazona Pacheco por los asesinatos de los exparamilitares William Nelson Ramos Vargas y José Luis León Rodríguez. En dos instancias, la justicia encontró que esa actuación no fue irregular, sino porque en realidad no se cumplían los requisitos para dejar detenido a Tarazona Pacheco quien, a la larga, fue absuelto.
“Ricardo Emiro Galvis Manosalva ejerció la autonomía judicial de su cargo de fiscal y sustentó su decisión de revocar la detención preventiva al indiciado mediante una apreciación razonada de las declaraciones recaudadas en la indagación, no se observa que hubiere incurrido en alguno de los errores de hecho que se pueden dar en la valoración de pruebas”, dijo la Corte Suprema el 18 de abril de 2018.