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La pandemia del nuevo coronavirus aún no se acaba y eso se traduce a un período de incertidumbre para los colombianos. Y, entre todos los campos en los que ese concepto tiene efecto, hay uno de especial gravedad: el económico. Cientos de personas perdieron sus trabajos, o sus salarios fueron reducidos. De la misma manera ha afectado a las micro y pequeñas empresas que tenían a cargo personal y que, por el peso de las deudas y los pocos ingresos, han tenido que cerrar o suspender sus producciones. De las 12 actividades que registra el DANE, ocho decrecieron (según cifras de diciembre de 2020).
Bajo esa realidad, y con el ánimo de proteger los frágiles patrimonios, César Lorduy, representante a la Cámara por Cambio Radical, espera radicar próximamente un proyecto de ley que prohíba realizar embargo a morosos que deban montos mínimos o de menor cuantía, durante e incluso después de la declaratoria de emergencia sanitaria que lanzó el Gobierno para tomar acciones inmediatas frente a los desafíos que ha generado el virus y que han desembocado en una crisis en todos los niveles. Con el respaldo de los parlamentarios José Daniel López, también de Cambio Radical, y Mauricio Toro, de la Alianza Verde, Lorduy presentará el documento una vez abran el Congreso, es decir, a partir del 16 de marzo.
“El 56 % de los colombianos no son asalariados y salen todos los días a la calle a buscar un ingreso. La informalidad está en el 49 %, según el DANE nacional, pero en algunas ciudades como Cúcuta y en la región caribe la informalidad sobrepasa el 60 y 70 %. Un estudio del Banco de la República nos dice que el crédito ha disminuido como consecuencia de los altos niveles de riesgo. Todo eso, cuando lo traducimos en gente, nos dice que hay millones de colombianos desempleados. Y todos tienen obligaciones”, expresó Lorduy a Colmundo Radio, como las razones para presentar la iniciativa.
¿De qué se trata concretamente? Según el documento, de aprobarse esta ley, sería mandato que se suspendan el embargo y secuestro de los bienes de esos colombianos que están en condición de vulnerabilidad. Su proyecto ampararía entonces a todos los deudores con obligaciones contraídas a partir del 12 de marzo de 2020, día en que se emitió la declaratoria de emergencia sanitaria, y hasta ocho meses después de que se haya dado de baja esa figura legal.
¿A quiénes cobija exactamente? A colombianos que hayan perdido sus empleos en una fecha posterior al 12 de marzo de 2020, que haya ausencia o disminución considerable de sus ingresos -que recibía de manera regular- con posteridad de la misma fecha. También aplica para pequeñas micro y pequeñas, y de economía solidaria. Para ser acreedor de este beneficio el interesado deberá solicitar la ayuda (aún no se especifica cómo hacerlo), y acreditar alguna de las mencionadas condiciones.
“Los procesos ejecutivos de mínima y menor cuantía que se hayan adelantado o que se adelanten en contra de los anteriores deudores, solo pueden incluir para su cobro, únicamente las cuotas en mora sin que sea posible la ejecución en virtud de la exigibilidad anticipada derivada de una cláusula aceleratoria”, se lee en el documento a radicar. Estos montos de “menor y mínima cuantía” equivalen a deudas inferiores a 15 salarios mínimos.
El parlamentario aclaró, en entrevista con Emisora Atlántico, que no se estaría solicitando que se perdonen las moras, sino que se “aplace el tiempo de cobro y los embargos”. De igual forma, aseguró, en El Heraldo, que el proyecto especifica que los montos a cobrar no sean de la totalidad de la obligación, “sino de las cuotas que no se han pagado desde el momento en el que se decretó la emergencia sanitaria”, dijo a ese medio.
“Resulta que cuando tu tienes un crédito y te caes en unas pequeñas cuotas, entonces te cobran una cláusula aceleratoria y te cobran la totalidad de la obligación. Es injusto. Frente a esa situación, esto le daría un compás de espera para que las personas puedan conseguir ingresos y se pongan a paz y salvo con sus obligaciones”, añadió en Emisora Atlántico.