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El Tribunal Superior de Cartagena acaba de tomar una decisión histórica sobre un hecho innegable en el marco de la restitución de tierras: la presencia de empresas en predios despojados a víctimas del conflicto. El Tribunal le acaba de ordenar a la empresa forestal Tekia S.A.S., filial de la reconocida cementera Argos, devolver 20 predios que suman 490 hectáreas a 14 familias que vendieron sus tierras debido a afectaciones sufridas durante la disputa territorial entre la guerrilla de las Farc y paramilitares en zona rural de San Onofre, Sucre.
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Los predios están ubicados en el corregimiento Palmira, en donde entre 2005 y 2007 la empresa Tekia S.A.S., antes llamada Reforestadora del Caribe, compró a los habitantes de esa zona del país a precios muy bajos, decenas de fincas altamente productivas dedicadas a la ganadería y al cultivo de alimentos, para desarrollar un proyecto agroindustrial de teca. Esto aprovechando la violencia que se vivía en esa zona del país.
“En los hechos que sustentaron la demanda se estableció que el 3 de enero de 2003 el frente Montes de María de las AUC y la guerrilla de las Farc sostuvieron un combate que dejó a los habitantes de Palmira en medio del fuego cruzado, lo que desató el desplazamiento forzado y la venta masiva de tierras en la zona. Cuando la empresa Tekia S.A.S. entró al territorio las víctimas no tuvieron mejor opción que negociar su patrimonio y abandonar sus proyectos de vida”, explica la decisión.
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En ese contexto, el Tribunal determinó que las ventas estuvieron motivadas por la imposibilidad de acceder y explotar libremente los predios debido a los continuos enfrentamientos entre grupos armados ilegales, hostigamientos, asesinatos, siembra de minas antipersona, robó de animales e imposición de vacunas, motivo por el cual el Tribunal reconoció como víctimas a estas familias y amparó sus derechos sobre las fincas. Decretando tambíen la nulidad de los negocios de compraventa.
El Tribunal también desestimó los argumentos de la empresa Tekia S.A.S. quien dijo que obró de buena fe. “El Tribunal precisó que la reforestadora no puede argumentar en su defensa la buena fe y el desconocimiento de las circunstancias del conflicto armado que motivaron la compraventa, dado que los hechos de violencia propiciados por grupos al margen de la ley en los corregimientos de San Onofre eran una situación de público conocimiento”.
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Asimismo, el Tribunal concluyó que aunque la empresa tambíen argumentó la normalización del orden público de la zona en las fechas de las compraventas, “lo cierto es que la administración pública advertía otro fenómeno de alteración y alerta frente al cambio de las dinámicas y actores del conflicto armado, que igualmente suponía la imposibilidad de retorno de la población desplazada en condiciones de seguridad y estabilización socioeconómica”, dice la decisión.
La decisión judicial fue celebrada por el director de la Unidad de Restitución de Tierras en Bolívar y Sucre, Mauricio Martínez Rivillas, quien afirmó que, “con el fallo queda demostrado que el acaparamiento de tierras para implementar proyectos que impactan y cambian de manera significativa el uso del suelo, también es una modalidad de despojo. Este fallo devuelve tierras que tenían una vocación para producir alimentos en la región Montes de María, esperamos recuperar más tierras para el campesinado y garantizar la seguridad y soberanía alimentaria de nuestro país”.
En contra de Argos se han emitido 22 sentencias, entre ellas tres de compulsas de copias. En ninguno de los casos Argos pudo demostrar buena fe exenta de culpa en el momento de la compra, pues según las sentencias, le faltó mayor diligencia al comprar las tierras, teniendo en cuenta el contexto de violencia generalizada en el que estaba la región y que era de público conocimiento.
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