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Investigan caso de un perro que fue quemado en El Carmen de Bolívar

La Policía de Bolívar atendió el caso y se investiga para conocer si el animal fue incinerado vivo o muerto.

El caso está siendo investigado por la Fiscalía.
El maltrato animal en Colombia tiene consecuencias legales. Así lo estipula la Ley 1774 de 2016.
Foto: Pixabay

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Un caso de maltrato animal se registró en El Carmen de Bolívar (Bolívar), luego de que un perro fuera incinerado en plena vía pública. El caso fue reportado a la Policía de ese departamento por la misma comunidad. Las autoridades investigan para saber si el animal fue quemado con vida o si ya estaba muerto.

Ángel David Murillo, teniente de la Policía de Bolívar, detalló que la seccional de protección animal se encargó de atender el caso y de iniciar las investigaciones para dar con el paradero del responsable del hecho.

“Tienen que investigar si fue quemado vivo, es un hecho reprochable y no podemos permitir que esto suceda, hay que dar con el responsable y poner las sanciones a las que haya lugar”, dijo el personero municipal, Rubén Santamaria, a RCN Radio.

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El maltrato animal en Colombia tiene consecuencias legales. Así lo estipula la Ley 1774 de 2016, mediante la cual se establecen sanciones y multas a quienes incurran en ello.

En la Ley 1774 de 2016, se establece que “los animales son seres que sienten, no son cosas y recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos”. Asimismo, se explica que los actos dañinos y de crueldad contra los animales que no causen la muerte o lesiones que afecten de manera grave su salud o integridad física serán sancionados con multas de 5 a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes, es decir entre $4.542.630 y $45.426.300. En caso de que se cometan delitos contra la vida e integridad física y emocional de los animales, sean de compañía, silvestres, vertebrados o exóticos, entre otros, y que se les cause la muerte o lesiones de salud graves, la pena será de prisión entre 12 a 36 meses e inhabilidad especial de 1 a 3 años para poder ejercer la profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales y multas de 5 a 60 SMMLV.

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