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En un fallo de segunda instancia, el Tribunal Superior de Bogotá ratificó parcialmente el fallo que ordenaba anular las actas que en el 2013 despojaron a 1.263 trabajadores de la Empresa de Acueducto de Bogotá de los beneficios de la convención colectiva de trabajo.
Si bien el fallo confirmó que se violaron los derechos sindicales de dichos trabajadores, revocó la otra orden que había dado en primera instancia el Juzgado 4 Laboral del Circuito de Bogotá, que obligaba al Acueducto de Bogotá a pagar cerca de $40.000 millones a los miembros del sindicato afectados por los beneficios que dejaron de percibir.
El Tribunal de Bogotá argumenta que al tratarse de derechos individuales, es deber de cada trabajador hacer particularmente la reclamación, por lo que los representantes del sindicato Sintraemsdes interpusieron un recurso extraordinario de casación con el fin de que sea nuevamente analizado el caso y se ratifique la totalidad del fallo en primera instancia, es decir, que el Acueducto de Bogotá pague los cerca de $40.000 millones.
«Con la decisión quedan sin ningún efecto las actas extra convencionales, firmadas de manera ilegal a espaldas de los trabajadores; por las que en su momento fueron expulsados varios funcionarios al considerar sus actuaciones como faltas gravísimas, dado que pretendieron entregar los derechos convencionales de sus compañeros», señaló en comunicado Sintraemsdes.
Cabe recordar que las actas se firmaron en 2013, cuando un grupo del sindicato, coordinado por nuevos líderes, se reveló contra la junta directiva que presidía Nelson Castro. Según cuenta Martín Quijano (actual presidente), ese directivo firmó un acuerdo con la gerencia de la EAB al parecer para despojar a 1.200 trabajadores de los beneficios de la convención colectiva de trabajo.
Esto llevó a que se presentara una especie de “golpe de estado”, que desató una guerra entre dos bandos. Como los cambios de junta directiva se deben registrar ante el Ministerio del Trabajo y reportarlos ante la gerencia de la EAB, casi semanalmente llegaban certificados en el que ambos grupos se nombraban, se destituían y se expulsaban.
El otro proceso
Esta situación hizo que en el 2015 el Acueducto de Bogotá, en manos de la anterior administración, presentara una demanda (un proceso diferente al que concluyó que se le violaron los derechos a los trabajadores) en la que le pedían a un juez identificar a los miembros de la junta directiva legítima. A comienzos de este año, el caso llegó a su recta final, y en segunda instancia, haciendo una interpretación diferente del caso, el Tribunal de Cundinamarca ordenó liquidar Sintraemsdes.
Ante esto, el sindicato presentó una tutela ante la Corte Suprema de Justicia para que revisara el caso. Fue así como se le ordenó al Tribunal de Cundinamarca dictar una nueva sentencia, ajustándose a las pretensiones iniciales de la demanda.