A partir del 20 de diciembre inicia la vacancia judicial

Tenga en cuenta que a partir de este jueves la mayoría de los juzgados, tribunales y cortes estarán en vacaciones colectivas y no prestaran servicio al público. La atención se retomará el 11 de enero de 2019.

16 de diciembre de 2018 – 02:17 p. m.
El servicio se reanudará el 11 de enero de 2019. / Archivo.
El servicio se reanudará el 11 de enero de 2019. / Archivo.

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De acuerdo con lo establecido Ley 270 de 1996 los funcionarios de la Rama Judicial entraran en vacaciones colectivas a partir del próximo miércoles 20 de diciembre “salvo las de los de la Sala Administrativa de los Consejos Superiores y Seccionales de la Judicatura, las de los Tribunal Nacional, las de los Juzgados Regionales mientras existan, de Menores, Promiscuos de Familia, Penales Municipales y de Ejecución de Penas; y las de los de la Fiscalía y el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses”.

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Por tal razón, no prestaran servicio al público hasta el próximo 11 de enero. Adicionalmente, hay que tener en cuenta que el lunes 17 de diciembre se tiene dispuesta la celebración del “Día de la justicia”, según lo previsto por el Decreto 2766 de 1980 por lo que tampoco se tiene previsto la atención al público.

De acuerdo con Ámbito Jurídico, la vacancia judicial no suspende el término de caducidad. “La Sección Tercera del Consejo de Estado ha indicado que el único supuesto para la suspensión del término de la caducidad se presenta en el caso descrito en el artículo 3º del Decreto 1716 del 2009 y el artículo 21 de la Ley 640 del 2001, esto es, por la presentación de la solicitud de conciliación extrajudicial”, señala la revista.

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Según explicó el alto tribunal, ni el cese de actividades ni la vacancia judicial interrumpen el término de caducidad para ejercer la acción, pues tales circunstancias no deben ser tenidas en cuenta, salvo que el plazo expire cuando el despacho se encuentre cerrado, caso en el cual el término se prorroga hasta el primer día hábil siguiente.

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