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La Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil indicó que el sistema del espacio aéreo nacional colombiano es seguro.
En un comunicado advierte que los usuarios del espacio aéreo, poseen un nivel general de seguridad operacional tal que el riesgo a la comunidad o la posibilidad de daños está en un nivel mínimo y dentro de lo aceptable conforme a los estándares internacionales de la aviación civil.
Esto se ha logrado por medio de procesos de gestión continua sobre aeronaves, tripulaciones, aviónica, sistemas en tierra, soporte técnico a la infraestructura, instalaciones y servicios para la navegación aérea, medidas de mitigación, vigilancia y planes de contingencia que permiten afirmar que no está comprometida la seguridad aérea sobre los cielos de Colombia.
Los aspectos técnicos asociados al proceso de gestión y soporte del sistema en tierra, no pueden ser utilizados para enmascarar unas pretensiones laborales de un sector de trabajadores de la Aerocivil, quienes han tenido toda la oportunidad de diálogo y de concertación que establecen las leyes para ese propósito.
Para debatir los temas de seguridad aérea existen espacios técnicos especializados en los que la Asociación Colombiana de Controladores de Tránsito Aéreo tiene asiento y que permiten recomendar las medidas apropiadas para gestionar la Seguridad Operacional, como es el Consejo de Seguridad Aeronáutico (Artículo 33 del Decreto 260 de 2004).
Las pretensiones laborales manifestadas en el pliego de condiciones entregado a la entidad presentado el 17 de Mayo de 2011, que fue atendido con base a lo dictaminado por el Decreto 535 de 2009 y como producto de ésta concertación las conclusiones de la mesa de seguridad aérea están contenidas en la resolución 06859 del 25 de Noviembre de 2011.
Respecto de aquellas que no son competencia de la entidad se dio traslado a los organismos de gobierno pertinentes, dice el informe de la Aeronáutica Civil.
La jornada laboral del control de tránsito aéreo en Colombia está establecida desde el Decreto 136 de 1994 y corresponde a turnos de 6 horas dentro de las cuales tiene derecho a un interrupción de labores para alimentos y a un periodo de descanso, en casos de necesidades del servicio y cuando se requiera que un controlador continúe en su turno, éste, bajo ningún motivo puede extenderse por más de 12 horas conservando las interrupciones establecidas.
El salario del control de tránsito aéreo tiene un sobresueldo, recargos por jornadas nocturnas, dominicales y festivos conforme al Decreto No. 1936 de 2011 con una remuneración total en promedio en Bogotá de 5.6 millones de pesos para un grado 25, indica el informe.
El Sistema Nacional del Espacio Aéreo posee personal altamente especializado conformado por ingenieros y técnicos que de manera continua presta soporte al control de tránsito aéreo, está ubicado en los centros de control, en las salas radar, en los aeropuertos y en las estaciones ubicadas en los cerros alejados en donde existen los radares y las comunicaciones aeronáuticas.
La Aeronáutica Civil ha iniciado un proceso de renovación tecnológica con participación de los Controladores de Tránsito Aéreo, el cual es conocido por la industria y la comunidad aeronáutica en general.
Reitera el informe de la Aeronáutica Civil que el espacio aéreo colombiano al igual que los aeropuertos son seguros, lo cual es corroborado por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y por la Federal Aviation Administration (FAA).