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Hace ya varias semanas, en la Sala Plena de la Corte Constitucional se discute un tema de suma importancia para la empresa Cerro Matoso, y los habitantes de varias comunidades que aseguran ser víctimas de la explotación minera. El expediente ha estado varias veces en el orden de día del alto tribunal, pero los magistrados no han logrado llegar a un consenso sobre si avala o no un recurso de nulidad que presentó la multinacional Cerro Matoso, en el que argumentó que no existe sustento técnicocientífico para probar las afectaciones a la salud de personas de la comunidad y la operación de la compañía.
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La discusión se acaba de enredar todavía por cuenta de un recurso que radicó el abogado de las víctimas, Abelardo de la Espriella. En el documento, que ya está en la Secretaría de la Corte, el jurista pide que el magistrado Alejandro Linares, presidente del alto tribunal, se declare impedido de seguir participando del debate por cuenta de unas declaraciones que dio esta semana a la emisora La W Radio. Según la solicitud de De la Espriella, el togado incurrió en varias faltas cuando habló del expediente de Cerro Matoso en la entrevista radial.
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La irregularidad, según el abogado, es que Linares dijo al aire su posición frente al tema de debate en la Corte, cuando una de las periodistas le preguntó si era cierto que una tutela puede ordenar una reparación económica. El presidente contestó: “No, lo que dice la norma es que de manera excepcional se pueden decretar perjuicios en tutela uno, cuando el accionado ha actuado de manera arbitraria y dos, cuando no haya otra vía procesal para el efecto. En este caso, algunos magistrados pensamos que hay otras vías procesales como la acción de grupo y también que la actuación la empresa no es arbitraria”.
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En el recurso, De la Espriella explicó que, según el Código General del Proceso, los magistrados o jueces deben guardar reserva sobre las decisiones que deban dictarse y que, dar consejo o concepto de los temas por fuera de la actuación judicial sobre las cuestiones materia de los procesos, resulta en una causal para recusar a los togados pues se deben declarar impedidos de seguir participando de los debates. El abogado, además, hizo una recopilación de varios fallos del Consejo de Estado, de la Comisión y Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el tema.
Para el abogado, “el magistrado Alejandro Linares debe separarse del conocimiento del proceso de la referencia, en virtud de las alocuciones públicas que realizó el 3 de septiembre de 2018 en la cadena radial La W Radio, en las cuales desafortunadamente rindió conceptos sobre la decisión que la Corte Constitucional se encuentra pendiente de proferir y en las que igualmente evidenció su postura con relación el caso objeto de análisis”. Se espera que el recurso sea estudiado en la próxima Sala Plena de la Corte y, una vez se resuelva, los magistrados puedan votar y tomar un decisión para cerrar el capítulo de Cerro Matoso.