Ordenan crear mecanismo para denunciar discriminación racial en ámbitos laborales

Un fallo de la Corte Constitucional también le ordenó al Ministerio de Trabajo elaborar un documento que plantee en qué contextos puede haber desconocimiento de estas conductas, las implicaciones que tiene y cómo evitarla, tratarla y eliminarla.

La sentencia también ordenó crear un documento que plantee en qué formas y contextos puede haber desconocimiento de estas conducta.
La sentencia también ordenó crear un documento que plantee en qué formas y contextos puede haber desconocimiento de estas conducta.

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Un fallo de tutela de la Corte Constitucional le ordenó al Ministerio de Trabajo que en el término de tres meses expida una circular dirigida a sus funcionarios con el fin de establecer directrices, recomendaciones y mecanismos para la atención, trámites y tratamientos de quejas sobre discriminación racial en ámbitos laborales. La sentencia también ordenó crear un documento que plantee en qué formas y contextos puede haber desconocimiento de esta conducta, las implicaciones que tiene y cómo evitarla, tratarla y eliminarla. (Le podría interesar: Colombiana fue víctima de agresión en Portugal por ser afrodescendiente)

La decisión de la Corte Constitucional se tomó con base en una tutela que presentó Javier Alexander Becerra Martínez* contra la empresa A.R. Los Restrepos S.A.S. y el Ministerio de Trabajo porque consideró, entre otras cosas, que no se investigó ni sancionó la discriminación que sufrió por parte de sus compañeros de trabajo. Becerra Martínez, oriundo de Quibdó (Chocó), explicó que en 2009 empezó a trabajar como auxiliar de bodega hasta el 5 de abril de 2013 cuando fue despedido sin justa causa.

El ciudadano explicó que desde que empezó a trabajar con la empresa fue objeto de burlas y calificativos tales como mico, mono, gorila, King Kong, manos grandes, hombre de color extraño, negro y esclavo, entre otras expresiones. A pesar de que pidió investigar este tipo de conductas, dijo que la empresa solo se limitó a realizar reuniones sobre el ambiente laboral sin abordar concretamente el tema. Además, mencionó que desde la dependencia de Gestión Humana le manifestaron que no se ha ejercido ningún trato discriminatorio y que el motivo de su despido fue por su queja de discriminación racial. (Le sugerimos: Walmart enfrenta demanda en California por discriminación racial)

En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le negó la tutela por considerar que no cumplía los requisitos porque ya había terminado su vínculo laboral y tenía otros mecanismos hacer valer sus derechos. Becerra Martínez impugnó la decisión, pero la sección cuarta del Consejo de Estado confirmó el fallo. La Corte Constitucional, al revisar el caso, determinó que “las expresiones empleadas contra el accionante resultaron lesivas de su dignidad humana al restarle su condición de persona para identificarlo con animales o con objetos y al calificarlo de esclavo o no apto para el trabajo”.

Igualmente, la Corte señaló que la empresa, aunque adelanto un procedimiento para atender la situación de Becerra Martínez, presentó un déficit en la protección del derecho fundamental a no ser discriminado por razones de orden racial en su entorno laboral. “Las falencias en los procedimientos y la generalidad e inefectividad de las medidas, se tradujeron en un déficit de protección del derecho del ciudadano a no ser discriminado y, de contera, de su derecho al debido proceso”, concluyó la Corte Constitucional. (Lea también: Starbucks enfrenta polémica por discriminación racial)

La Corte Constitucional revocó los fallos de primera y segunda instancia y tuteló los derechos a la dignidad humana, a la igualdad, a la no discriminación y al debido proceso de Javier Alexander Becerra Martínez. Asimismo, le ordenó al ministerio de trabajo que, en seis meses, verifique si la empresa A.R. Los Restrepos S.A.S está cumpliendo las normas en relación con las medidas de prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral.

*Nombre modificado para proteger su identidad. 

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