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El 21 de junio la Cámara de Diputados de Paraguay votó 76 a 1 a favor de iniciar un juicio político contra Fernando Lugo.
Al día siguiente, en un abrumador voto de 39 a 4, el Senado tomó la decisión de destituirlo, invocando como causal (establecida por el artículo 225 de la Constitución) el “mal desempeño de funciones”. El presidente, por su parte, dispuso tan sólo de un día para preparar su defensa y dos horas para presentarla.
Entre los hechos señalados en la resolución acusatoria del Congreso se incluyen la reciente matanza de Curuguaty, en la que murieron 17 policías y campesinos en un operativo de desalojo; la financiación gubernamental de un acto político realizado en 2009 en unas instalaciones militares; la promoción de invasiones ilegales de tierra en la zona Ñacunday; la incompetencia en el combate a los problemas de seguridad ciudadana, y la firma del protocolo Ushuaia II, que refuerza las medidas a adoptar en casos de interrupción de la democracia en los países miembros de Mercosur. El documento legislativo carece de evidencias que sustenten las acusaciones, arguyendo que las causales son de “pública notoriedad” y que no necesitan ser probadas.
La remoción exprés de Lugo se debió a un matrimonio temporal entre el Partido Liberal, del vicepresidente Federico Franco, y los colorados, que a más de dos décadas de finalizada la dictadura de Alfredo Stroessner siguen ejerciendo un virtual monopolio sobre la política y la tenencia de la tierra. Tal vez de haber protestado la población y los medios de comunicación, inmediata y masivamente, el Congreso hubiera vacilado al tomar la decisión. Sin embargo, su aceptación pasiva, incluso por parte del primer mandatario, la convirtió en un hecho cumplido.
Pese a que la mayoría de los países latinoamericanos han coincidido en la necesidad de condenar lo sucedido en Paraguay, no es del todo claro cómo llamarlo, sobre todo porque las cláusulas democráticas que tienen la OEA, Mercosur e Unasur fijan líneas divisorias entre el respeto al orden constitucional y su ruptura, que difícilmente aplican a zonas grises como ésta. Lo que pasó podría denominarse un golpe de excepción. Una versión más “elegante” del que realizaron la Corte Suprema y el Congreso de Honduras en 2009, cuando acusaron a Manuel Zelaya de cometer “graves delitos” e hicieron que el Ejército lo expulsara del país. Ambos casos reflejan el “estado de excepción”, descrito por Giorgio Agamben como la expresión máxima del poder, que se fundamenta en la indistinción entre constitucionalidad y excepcionalidad.
Agamben muestra que la tendencia natural del soberano es establecer hechos excepcionales dentro del orden constitucional, que cultivan la ilegalidad dentro de lo legal y que promulgan acciones antidemocráticas dentro de la democracia. Estos tristes episodios en la historia de Paraguay y Honduras, y, para no ir tan lejos, la funesta “reforma” a la justicia aprobada por el Congreso colombiano, demuestran que el Ejecutivo no es el único que propina golpes de mano, y si entre los demás poderes, incluyendo los medios, tales golpes no se contrarrestan, se terminan imponiendo. Aunque el filósofo italiano sostiene que el estado de excepción es el paradigma político del último siglo, su operación es particularmente evidente en regiones como América Latina, lo cual reafirma la limitada utilidad de dicotomías como legal/ilegal o democracia/autoritarismo para comprender las dinámicas políticas actuales.