SIC no puede vetar comerciales sobre efectos de bebidas azucaradas: Corte Constitucional

El alto tribunal dejó en firme la sentencia en la que la Corte Suprema de Justicia le ordenó a la Superintendencia de Industria y Comercio a darle el aval a una serie de comerciales de televisión en los que se muestran los efectos de las bebidas azucaradas para la salud.

Para la Corte Constitucional es un derecho de los ciudadanos conocer cuáles son los efectos de las bebidas azucaradas sobre la salud. / Archivo
Para la Corte Constitucional es un derecho de los ciudadanos conocer cuáles son los efectos de las bebidas azucaradas sobre la salud. / Archivo

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

/

Para la Corte Constitucional, es un derecho de todos los ciudadanos estar informados sobre cuáles son los efectos de las bebidas azucaradas sobre la salud. Así lo dio a conocer el alto tribunal al dejar en firme un fallo de la Corte Suprema de Justicia en el que obligó a la Superintendencia de Industria y Comercio a que permitiera la emisión de comerciales en los que se hablaba de los efectos de estos líquidos en la salud.

Para la Corte, se vulneraron los derechos al debido proceso administrativo y a la libertad de información, como componente de la libertad de expresión, debido a que las medidas adoptadas por la Superintendencia no estaban previstas por la ley. Según lo dispuesto por la entidad encargada de regular la industria y el comercio, ese tipo de contenido informativo no era posible emitirlo en la televisión colombiana.

(En contexto: Corte respalda comerciales que advierten sobre riegos de consumir bebidas azucaradas)

Para el alto tribunal, la Superintendencia “no perseguían una finalidad imperiosa y no eran necesarias, aunado a que constituían medidas de censura previa al establecer un control anterior sobre los contenidos de la información que se pretendieran transmitir, lo cual se encuentra expresamente prohibido por la Constitución Política y por la Convención Americana sobre Derechos Humanos”, asegura el alto tribunal. 

(Le puede interesar: La pelea por saber qué hay en una bebida azucarada)

El punto de discusión radica en un comercial de televisión producido por la Asociación Colombiana de Educación al Consumidor, conocida como Educar Consumidores, el cual pretendía ser transmitido el 15 de junio de 2016,  a través de los canales Caracol TV y RCN. Pero el 9 de agosto de 2016, el representante de Gaseosas Posada Tobón  S.A (Postobón) denunció a Educar Consumidores ante la Superintendencia por considerar que la información publicitaria era “engañosa”. En septiembre de ese mismo año el comercial salió del aire. 

(Lea también: El comercial con el que los papás de Colombia quieren evitar la obesidad infantil)

Para el 7 de septiembre de ese año, la SIC emitió su respuesta ante la denuncia y ordenó “cesar de manera inmediata la difusión del comercial de televisión relacionado con el consumo de bebidas azucaradas”. Ante tal decisión, Educar Consumidores presentó una tutela argumentando la protección de los derechos fundamentales a la libertad de expresión, a la información y al debido proceso ante la Corte Suprema de Justicia.

Tras un extenso proceso judicial, el 5 de abril de 2017 la Sala de Casación Civil del alto tribunal ordenó a la Superintendencia revocar la resolución expedida contra Educar Consumidores e hizo un llamado a la entidad para que se lleve de manera correcta la denuncia de Postobón contra Educar Consumidores por una presunta violación del Estatuto de Protección al Consumidor ya que, al parecer, las ligas y asociaciones de consumidores no fueron vinculadas al proceso.

 (Lea también: Este es el polémico comercial de bebidas azucaradas que sacaron del aire)

En la decisión se resalta que, si no se les permite a los compradores acceder a la información sobre las consecuencias positivas o negativas del consumo de estas bebidas, se les restringe la debida satisfacción de su salud. Finalmente, la Corte Constitucional confirmó la decisión de la Corte Suprema de Justicia que afirmó que: “Se tiene que los mensajes transmitidos por Educar Consumidores -que es una entidad sin ánimo de lucro y que no promociona ningún producto- se enmarcan en una campaña de salud pública que, más allá de influir en una decisión de consumo, pretendían advertir de los riesgos que en la salud puede tener el consumo excesivo de bebidas azucaradas”.

Conoce más

 

Comentarios
Sin comentarios aún. Suscríbete e inicia la conversación

Inscríbete a nuestros newsletters

Lo bueno que es estar informado y de una manera diferente desde tu correo electrónico.

Selecciona los newsletters que quieres recibir
Al inscribirte, aceptas nuestros T y C y nuestra Política de privacidad.
Infórmate rápido