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La extradición es un mecanismo de cooperación internacional relativamente simple. Fue concebida como una herramienta para impedir que los delincuentes puedan evadir la acción de la justicia penal escondiéndose en el extranjero.
La nación en la que ha ocurrido el crimen puede solicitar a aquella en que su autor se encuentre, que lo capture y se lo envíe para una de dos finalidades: para juzgarlo o para que cumpla una pena ya impuesta. Para evitar una indebida utilización de esta figura se han acordado algunas reglas mínimas, entre las que sobresalen la prohibición de usarla en casos de delitos leves o políticos, o la de exigir que la conducta sea punible en los dos países y que la persona requerida haya sido cuando menos llamada a juicio.
Con el auge de delitos transnacionales como el narcotráfico se abrió la posibilidad de que alguien pudiera ser enjuiciado en cualquiera de los lugares donde se produjo, transportó o distribuyó la droga. Como un principio general de la ciencia penal prohíbe que una persona pueda ser juzgada dos veces por el mismo hecho, en casos como este cualquiera de las naciones en las que el ilícito haya ocurrido puede adelantar el proceso. En el evento de que simultáneamente se iniciaran investigaciones en varios sitios por las mismas conductas, el país en el que se encuentre el delincuente puede ser requerido por otro para que lo extradite. El gobierno que recibe la solicitud tiene la facultad de decidir, por razones de pura conveniencia, si retiene al reo para enjuiciarlo en su territorio, o si prefiere enviarlo para que sea procesado en el extranjero.
Cuando a partir de la década del ochenta el poder del narcotráfico llegó a desafiar las instituciones colombianas no sólo con un abrumador despliegue de violencia, sino con una devastadora capacidad de corrupción, se concluyó que aquí no estaban dadas las condiciones para que los jueces pudieran perseguir eficazmente esas conductas. Los vergonzosos privilegios de los que disfrutó Pablo Escobar en una cárcel controlada por él reforzaron la idea de que no podíamos garantizar castigos ejemplares a ese tipo de criminales.
Los gobiernos de entonces comenzaron a publicitar la extradición como una forma de sanción, con el argumento de que los delincuentes no temían tanto a nuestras instituciones como a los jueces y a las prisiones estadounidenses. De esa forma se generó en la opinión pública la equivocada idea de que su concesión equivalía a la imposición de una sanción. Recientemente se ha comenzado a cuestionar su efectividad con el argumento de que algunas de las personas remitidas a los Estados Unidos han cumplido allí penas muy bajas.
Lo que debe hacer el gobierno es devolverle su verdadera condición de instrumento de colaboración internacional. Una vez hecho eso, debería analizar detenidamente cada caso concreto para evaluar si nuestras instituciones están en capacidad de juzgar sin presiones a esas personas y de hacerles cumplir estrictamente el castigo que se les imponga. En caso de que la respuesta sea afirmativa, lo único que tiene que hacer es utilizar la facultad discrecional que le otorga la ley para negarla por razones de pura conveniencia.