Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
/
Ese es el dictamen de la Corte Constitucional. Y de nuevo es la Corte la que aguanta la línea que protege a los ciudadanos de la voracidad policial y judicial del Gobierno.
La semana pasada fue publicada finalmente la Sentencia (C-574 de 2011), con la que la Corte rechazó una demanda de inconstitucionalidad presentada por un grupo de estudiantes y profesores de la Universidad de los Andes. Ellos argumentaban que la modificación de la Constitución durante el gobierno de Uribe para “prohibir” la dosis personal (Acto Legislativo 02 de 2009) daba pie para que las personas sorprendidas con sustancias ilegales fueran a parar a la cárcel. La Corte negó tajantemente que esto sea lo que dice la norma y aportó, finalmente, una guía para interpretar cuáles son las reales consecuencias de una reforma sobre drogas que el Congreso le concedió al capricho del pasado presidente.
Estamos próximos a cumplir dos años con una situación de leyes muy confusa. En la calle, frente a un policía, los matices entre prohibición y penalización son difíciles de explicar camino a la UPJ. El Gobierno actual contribuyó a la incertidumbre de los consumidores con su nueva Ley de Seguridad Ciudadana, que se encargó de desaparecer la “dosis mínima” del Código Penal. Y planeaba, en el borrador que se conoció de la reforma al Estatuto Antinarcóticos, repetir la eliminación de la única figura que hay para separar a los consumidores de los narcotraficantes.
Pero en la nueva sentencia la Corte deja en claro dos puntos importantes: primero, aunque el porte y consumo de drogas esté “prohibido”, las únicas medidas terapéuticas que se pueden tomar contra quienes incumplan esta norma serán de carácter “administrativo”. Es decir, nadie puede ser enviado a la cárcel por usar sustancias prohibidas. Segundo, cualquiera de estas medidas debe contar con el “consentimiento informado” de la persona. Es decir, que incluso si se trata de un adicto, no podrá ser obligado a dejar de usar drogas.
Cualquiera diría entonces que la famosa prohibición de la dosis no hace nada y que los jóvenes díscolos colombianos pueden meterse lo que les dé la gana sin mayores consecuencias. Tienen razón. Sólo que ese es otro nombre para la autonomía, principio que la Corte recoge en el papel como un elemento central de enfoque del Estado colombiano al consumo de drogas y al cuidado del cuerpo.
Pero el papel da para todo. En el papel el presidente Santos es un promotor de un consenso mundial para legalizar drogas como la marihuana y la cocaína, como le dijo a John Mulholland, de The Guardian. En el papel la dosis personal no está penalizada. En el papel, donde tantas cosas buenas comienzan y se consumen en sueños vaporosos.
@danielpacheco