Supersociedades admite reorganización de Tranzit, operador del SITP en Usme

La sociedad Transporte Zonal Integrado SAS (Tranzit SAS) afirmó que enfrenta una inminente incapacidad de pago.

La reorganización se da en los términos de la Ley 1116 de 2006. / Archivo.
La reorganización se da en los términos de la Ley 1116 de 2006. / Archivo.

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Invocando el supuesto de incapacidad de pago inminente la sociedad Transporte Zonal Integrado SAS (Tranzit SAS), operador del Sistema Integrado de Transporte Público (SITP) en Usme, pidió la reorganización de su sociedad. Solicitud que fue aceptada este miércoles por la Superintendencia de Sociedades, un proceso que se da en los términos de la Ley 1116 de 2006.

Tranzit argumenta que su incapacidad de pago inminente se debe a la situación de operación del SITP en la zona de Usme, lo que según la sociedad “presenta un grave riesgo latente que amenaza la capacidad de la compañía para cumplir con sus obligaciones durante los próximos 12 meses”.

Asimismo, la sociedad sostiene que parte de los problemas que viven en Usme se debe por “SITP Provisional” pues sus rutas no se encuentran integradas con la operación de las rutas del SITP, cuya implementación se viene llevando a cabo en desarrollo de los contratos de concesión.

También crítica que el “SITP Provisional” es remunerado mediante pago en efectivo y genera condiciones de desigualdad, al igual que una competencia por la demanda de pasajeros. Además, Tranzit señala que este modelo afectó el proceso de desintegración física de la flota a cargo de los concesionarios del SITP, puesto que muchos propietarios encontraron en este sistema (SITP Provisional) la forma de seguir operando rentablemente sus buses.

La Supersociedades recuerda que, tras la admisión al proceso de reorganización, Tranzit deberá abstenerse de realizar enajenaciones que no estén comprendidas en el giro ordinario de sus negocios.

No es el único proceso de este tipo que se realiza a los operadores del SITP: actualmente la Supersociedades avanza en el proceso liquidación judicial de la Empresa Gestora Operadora de Buses SAS (Egobus) y del Operador Solidario de Propietarios Transportadores (Coobus).

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