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Ordenaron al Estado garantizar promoción y acceso a la píldora del día después

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó a los ministerios de Salud y Educación que deben implementar estrategias para informar a la población sobre la existencia, uso y acceso a la píldora del día después.

Para aquellos que recurren a la píldora anticonceptiva de emergencia con frecuencia, se recomienda considerar otro tipo de método anticonceptivo.
Para aquellos que recurren a la píldora anticonceptiva de emergencia con frecuencia, se recomienda considerar otro tipo de método anticonceptivo.
Foto: Tomada de redes

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El Estado está obligado a garantizar la promoción y al acceso de la población a la pastilla del día después. La orden fue dada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que resolvió una acción popular en la que se denunciaba que la píldora del día después no es adecuadamente promovida en todas las regiones del país.

De acuerdo con el fallo del Tribunal, debe garantizar “el acceso equitativo a este método anticonceptivo de emergencia, asegurando su difusión y disponibilidad en todas las comunidades, especialmente en las más apartadas”. La decisión señala que los ministerios de Salud y Educación deben implementar estrategias para informar a la población sobre la existencia, uso y acceso a la píldora del día después.

También, ordenaron a las farmacéuticas del país “mejorar la distribución del medicamento y eliminar barreras que dificulten su adquisición”. Las medidas, dice el Tribunal, buscan fortalecer los derechos sexuales y reproductivos de la ciudadanía, “especialmente de las mujeres en condición de vulnerabilidad”.

El fallo señala que “la falta de información y acceso oportuno a este anticonceptivo de emergencia genera desigualdades y afecta el ejercicio pleno de los derechos fundamentales”. La decisión fue liderada por el magistrado Óscar Armando Dimaté Cárdenas, y en sus páginas hacen un llamado a las autoridades para que “adopten acciones concretas que garanticen la disponibilidad del medicamento en centros de salud, hospitales y farmacias en todo el territorio nacional”.

Las medidas, además, deben tener “un enfoque diferencial, priorizando a las mujeres rurales, pertenecientes a comunidades étnicas y aquellas que habitan en barrios periféricos o zonas de difícil acceso”. Las campañas de promoción, deben ser, según la orden, deben ser “culturalmente apropiadas, respetando las costumbres y necesidades de cada población”.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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