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Procuraduría solicitó declarar inexequible artículo del Plan Nacional de Desarrollo

El Ministerio Público consideró que el artículo 262 que cede la cesión de los premios del uso del espectro radioeléctrico no genera contraprestación favorable para la Nación.

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Por fallas en el trámite en el Congreso de la República la Procuraduría General le solicitó a la Corte Constitucional declarar inexequible el artículo 262 de la Ley 1753 de 2015 (Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018) que establece la cesión de los permisos para el uso del espacio radioeléctrico en el país.

Para el Ministerio Público este artículo no genera ningún tipo de contraprestación favorable para la Nación. En este sentido se considera que el hecho de crear la oportunidad para decretar auxilios o donaciones del citado espectro va en contravía de los principios consecutividad, identidad flexible y unidad de materia.

Igualmente se advierte que se presentaron reiteradas fallas en el trámite de aprobación puesto que fue votada por la comisión de conciliación mediante voto nominal y público; y desconoció la obligación de ser motivada en el informe de conciliación. Agrega que lo estipulado en el artículo vulneró la pertenencia del espectro radioeléctrico a la Nación.

Considera contrario a la Carta Política el hecho se estableciera que las negociaciones para ceder dicho espacio se sujetarán al derecho privado y la aprobación del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic).

Debido a esto se le dio la razón al demandante que hizo referencia a la violación de identidad legislativa flexible, pues la norma fue aprobada en segundo debate en la Cámara de Representantes sin haber sido discutida en primer debate por las comisiones económicas del Congreso.

En su concepto la Procuraduría consideró que hubo un vicio de violación a la unidad de materia, puesto que no existe una conexión directa, inmediata y eficaz entre el artículo demandado, la legislación y la parte general del plan.
 

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