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La Sección Tercera del Consejo de Estado le ordenó al Ministerio de Defensa crear y ejecutar un plan integral de inteligencia con el fin de evitar actos de corrupción dentro la Policía Nacional.
Esta estrategia deberá ser diseñada entre los comandos de Policía de todo el país para crear alertas y tomar medidas de fondo cuando este tipo de hechos se registren.
El pronunciamiento se hizo al condenar al Ministerio de Defensa por la participación de agentes de la Policía en la desaparición forzada y ejecución extrajudicial de un hombre el 7 de agosto de 2009.
En el debate jurídico se estableció que los uniformados, que hacían parte de una banda delincuencial, quienes hacían retenes en las vías de Cundinamarca para robar camiones.
En 13 de los hechos documentados se logró establecer que los conductores fueron asesinados por los miembros de la peligrosa banda. En el debate jurídico se tuvo en cuenta la investigación adelantada por la Fiscalía y la Policía en la que se estableció la responsabilidad de los uniformados en estos hechos.
Los policías utilizaron su condición de agentes activos de la institución para realizar tales retenes en las vías para darle apariencia de legitimidad, lo cual les permitió engañar a su víctima.
Los cuatro agentes de la Policía que hacían parte de la banda fueron destituidos de sus cargos y, uno de ellos, fue condenado a 60 años de prisión por el asesinato del conductor que fue retenido en la vía que conduce de Bogotá al municipio de Madrid (Cundinamarca).
Para la Sala los altos mandos de la Institución fallaron en ejercer controles de vigilancia y control frente al comportamiento de los integrantes de la policía.
Para el alto tribunal estos hechos denotan indiferencia o tolerancia frente al desempeño de los uniformados en el ámbito personal y profesional. Actitud cuestionada desde todos los puntos de vista.
“Los mandos superiores de la Institución deben examinar el proceder de sus hombres con el fin de prevenir y enfrentar todo tipo de actos de corrupción”. el no hacerlo representa un incumplimiento de los compromisos que se tienen para con la sociedad en general.
Agrega que la omisión de las funciones constitucionales “evidencia un problema estructural de descomposición moral y disciplinaria que se vivencia de tiempo atrás y se expresa en la reiterativa y creciente participación de sus miembros en hechos delictivos de diversa naturaleza acaecidos a lo largo y ancho del país”.
Por los hechos materia de debate se le ordenó al Ministerio de Defensa el pago de una indemnización a los familiares de la víctima. Además deberá ofrecer excusas públicas por estos hechos.
“La comisión de delitos de lesa humanidad y de crímenes de guerra se traducen en un agravio para la comunidad internacional en su conjunto y no solo para el Estado lesionado. Por esta razón, en el derecho internacional general se ha establecido una distinción respecto de la imputación del daño al Estado infractor en ese tipo de eventos relacionados con violaciones graves a intereses fundamentales de la humanidad, con el fin de prevenir y reprimir con mayor rigor tales conductas”, indica la sentencia.