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Corte Suprema no investigará a procuradora Cabello por queja sobre politización

Un ciudadano anónimo envió una queja en la que señaló a Margarita Cabello por “ineptitud” y por “abierta politización”. Sin embargo, la Corte Suprema se abstuvo de iniciar una investigación. Esta es la razón.

Margarita Leonor Cabello Blanco, Procuradora General de la Nación
Margarita Leonor Cabello Blanco, Procuradora General de la Nación
Foto: El Espectador - Óscar Pérez

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La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia acaba de tomar la decisión de inhibirse de investigar a la procuradora general de la Nación, Margarita Cabello, por una queja anónima en la que era señalada, sin prueba algunas, de “ineptitud” y de llevar las riendas del Ministerio Público bajo una abierta “politización”.

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El expediente estaba en manos del magistrado Luis Benedicto Herrera, quien verificó la queja del ciudadano, la cual mostraba su descontento con la gestión de Cabello. “Ante la ineptitud y abierta politización… por parte de la procuradora Margarita Cabello, existen conductas graves que han ocurrido y ella guarda silencio cómplice ante dichos hechos. Su función es velar por la moralidad del ejercicio público, independiente del partido político del disciplinado. Deje de seguir usando la entidad para proteger amigos políticos”, decía la misiva.

En el fallo de la Corte Suprema, la alta corte mencionó que es competente para investigar a Cabello, no obstante, que para proceder ante quejas anónimas se requiere un minino de condiciones. Que los hechos denunciados sean concretos, que se identifique plenamente al sujeto disciplinable y que existan elementos claros que permitan adelantar la investigación de oficio.

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Sin embargo, la alta encontró que “no se cumplen los presupuestos antes reseñados. Aun cuando la queja se dirige contra la señora Procuradora General, es claro que no refiere los hechos concretos a partir de los cuales pueda adelantarse la indagación correspondiente”.

Y agregó: “nótese que lo que narra el escrito es vago y genérico, además, de estar desprovisto de fundamentos probatorios. Tampoco suministra información alguna para actuar oficiosamente, pues, se reitera, solo contiene aseveraciones de presuntas conductas ‘irregulares’, sin aludir a alguna circunstancia en concreto”.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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