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Luis Alfonso Hoyos incurrió en un acto de «rebeldía» con la administración de justicia: Juez

Se dejó en firme la decisión de declarar la contumacia en el proceso que se adelanta contra el exasesor espiritual de la campaña presidencial de Óscar Iván Zuluaga.

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El juzgado cuarto de conocimiento dejó en firme la decisión de declarar la contumacia en el proceso que se adelanta en contra de Luis Alfonso Hoyos por su presunta responsabilidad en la obtención de información privilegiada de los negociadores de la paz que hacen parte del proceso de paz que se adelanta con el Gobierno en La Habana (Cuba).

Al resolver un recurso de apelación el funcionario judicial aseguró que al exsecretario espiritual de la campaña presidencial de Óscar Iván Zuluaga no se le vulneró el debido proceso ni el derecho a la defensa cuando se le declaró la contumacia, es decir ser procesado como persona ausente. (Ver Proceso contra Luis Alfonso Hoyos no se trata de una persecución: Juez)

Esto debido al hecho que en diferentes oportunidades la Fiscalía General lo citó al sitio que presentó como su domicilio a los interrogatorios y posteriormente a la audiencia de imputación de cargos y medida de aseguramiento. Para el juez, de manera injustificada Hoyos Aristizábal no atendió dichas citaciones afectando así a la administración de justicia.

“No se le vulneraron las garantías procesales y los derechos fundamentales”, precisó el juez quien aseguró que el dirigente político caldense incurrió en una actitud de “rebeldía” contra los órganos de justicia hecho que obligó a la Fiscalía a solicitar que se declarara la contumacia.

“No entiende este funcionario como una personalidad como el señor Luis Alfonso Hoyos puede quejarse de la administración de justicia cuando con su actitud le hace daño a la misma. Debería ser el primero en comparecer”, aseguró el funcionario al señalar las cualidades profesionales que tiene el ahora procesado.

Asegura que el ente investigador utilizó todas las herramientas que tenía a su mano para citar y convocar al indicado a las diligencias judiciales, sin embargo estos llamados nunca fueron atendidos. “No tenían porque buscarlo como manifiesta la defensa”.

“No se puede decir que no le ofrecieron garantías”, aseguró el juez de conocimiento al señalar que hasta el momento ningún funcionario judicial ha evidenciado imparcialidad alguna, violación a los derechos procesales o una persecución política. Ante esto asegura que la Fiscalía General no podía renunciar a hacerlo comparecer ante los jueces de la República para adelantar el proceso que cursa en su contra.

Finalmente cuestionó que la defensa citara la decisión de la Corte Suprema de Justicia para argumentar que no existían garantías, citando que este fallo solamente hace referencia a los señalamientos hechos por el director Nacional del CTI, Julián Quintana.

La Fiscalía General le imputó los delitos de acceso abusivo a un sistema informático, uso de software malicioso agravado, concierto para delinquir agravado, espionaje y violación de datos personales agravado, en calidad de determinador.

El pasado 21 de septiembre un juez de control de garantías lo cobijó con medida de aseguramiento y emitió orden de captura. Desde febrero del presente año se encuentra fuera del país argumentando «falta de garantías procesales» y una persecución por ser parte del uribismo. 
 

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