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‘Corridas de toros no pueden catalogarse como una tradición cultural ancestral’

En su salvamento de voto la magistrada del Consejo de Estado Lucy Jeannette Bermúdez manifiesta que este tipo de espectáculos hacen apología al maltrato a un ser vivo.

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En un fuerte pronunciamiento la consejera de Estado, Lucy Jeannette Bermúdez se alejó de las conclusiones que presentaron sus compañeros de la sección Quinta del Consejo de Estado en el fallo que tumbó la Consulta Antitaurina en Bogotá por fallas en la forma en que fue aprobada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

Pese a que la magistrada está de acuerdo con la decisión final, advierte que las corridas de toros no pueden catalogarse como una expresión cultural arraiga en la sociedad colombiana, puesto que se hace apología a la afectación de otro ser vivo por lo que rechaza las conclusiones esgrimidas.

En este sentido señala que darle este calificativo “escapa a toda racionalidad” puesto que se trata a toda luces de un maltrato animal “así se busque justificar argumentando costumbres o prácticas ancestrales, no puede estar comprendido en el significado y alcance de la expresión cultural”.

En su concepto, se manifiesta que se ha presentado una tergiversación frente a lo que se considera una expresión cultural. En este punto señala que es paradójico que en Colombia, un país marcado por la violencia, “sea permisible a la sociedad torturar y matar a un animal sólo por placer o deporte”.

Cita la magistrada diferentes casos internacionales en los cuales se ha rechazado este tipo de “entretenimiento” señalando que el maltrato a un animal no fue ser calificado como una diversión para las personas ya que se trata de casos de “violencia, de tortura y mutilación de seres vivos”.

Señala que en España se “ha ido erradicando poco a poco y aún no del todo tal actividad quedando algunos reductos que muy seguramente desaparecerán con el tiempo, ante la concientización y asunción de la responsabilidad del individuo en la llamada misión de ecología humana”.

Por último cuestiona que la Sala le haya dado el calificado de “minoría” al grupo de personas que gustan de las corridas de toros puesto que no cumplen con los requerimientos que se exigen para esto.

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