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La decisión sobre la constitucionalidad de la conmoción interior en el Catatumbo reencauchó una pelea —brevemente en pausa— entre el presidente Gustavo Petro y el poder judicial, que no ha dudado en el pasado en tumbar las facultades extraordinarias incluidas en no pocos de los proyectos firmados por la Casa de Nariño.
La rama de olivo que lanzó el mandatario a la Corte Constitucional después de las medidas cautelares para la suspensión de su proceso en el Consejo Nacional Electoral —de la que fue ponente el magistrado Vladimir Fernández, su exsecretario jurídico— quedaron en segundo plano con una advertencia sobre el Decreto 062 de 2025, con el que impulsó 11 medidas que no han dejado todavía resultados visibles en la región. Y es que, desde el 7 de agosto hasta la fecha, ha buscado 35 veces, entre proyectos de ley y declaratorias de emergencia, asumir facultades extraordinarias que, muchas veces, han tenido tropiezos en las altas cortes.
De fondo, queda un territorio todavía afectado por los enfrentamientos entre el ELN y las disidencias de las Farc en la región, y, en el escenario político, una deuda que el Congreso le ha cobrado al Gobierno por intentar sortearlo para este tipo de decisiones y gobernar “vía decreto”. Especialmente, con un panorama electoral con el acelerador, agitado por las discusiones alrededor de las medidas que el Gobierno ha buscado en menos de tres años en el poder.
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Ahora, el proyecto de fallo de la autoría de la magistrada Paola Meneses sujetaría a esta normativa a un destino similar en el que terminó el decreto 1085 de 2 de julio de 2023, “por medio del cual se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira”, así como los 13 decretos sucesivos. Y, en este caso, el argumento es que el Gobierno no logró justificar que todas las medidas tomadas eran necesarias y habría otras herramientas previas a una declaratoria para hacer frente a la situación que afecta esos 19 municipios en Norte de Santander y el Cesar.
“Si se caen los decretos que sustentan la financiación de la acción militar en el Catatumbo, dejan indefensa la zona”, aseguró en su cuenta de X el presidente, quien recientemente también decretó un estado de emergencia sanitaria por la fiebre amarilla —que reporta, hasta la fecha, 83 casos y 37 fallecidos— y dejó en el tintero la posibilidad de una económica que permitiera usar recursos de las vías 4G en esa situación.
El ministro del Interior, Armando Benedetti, insistió en que las consecuencias de tumbar ese decreto madre serían graves y apuntó “los otros 11 que quedaron, en los cuales se va a recoger recursos, la fuerza pública se quedaría en tierra, quedaría detenida, parada”. E incluso hizo el llamado a que “se midan las consecuencias y [la discusión] no se haga con base en lo político”, después de una reunión del Consejo de Paz y Seguridad en la que estuvieron presentes tanto Petro como el ministro de Defensa, el general (r) Pedro Sánchez, y la cúpula militar.
Y el de la Corte no es un argumento que tenga pocos defensores. La oposición ya lo había traído a colación el pasado 20 de enero, insistiendo incluso en la “politización” de la tragedia de los habitantes del Catatumbo para tratar de mostrar resultados en una crisis que necesitaba medidas previas. Y, más allá de eso, como uno de los caminos que ha tomado el mandatario para tratar de saltarse al Legislativo en decisiones de este calibre.
Pero no se trata de la única instancia en la que la Casa de Nariño ha buscado facultades extraordinarias. Recientemente, la Corte Constitucional tumbó el artículo 68 de la Ley 2277 de 2022 —la reforma tributaria— que le permitía al Gobierno establecer un “régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías en materia aduanera”. La decisión dejaba sin efectos, al menos hasta 2026, al decreto 920 de 2023, que expidió esa normativa.
En ese entonces, el argumento central fue que este tipo de legislación solo podría estar a cargo del Capitolio y no podría ser expedida independientemente por el mandatario.
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El mismo Congreso ha frenado pretensiones similares: en su Plan Nacional de Desarrollo, el Gobierno buscó 14 medidas para empoderarlo en la creación de instituciones como la Agencia Nacional de Seguridad Digital y Asuntos Especiales. De esas, las discusiones en el Congreso solo dejaron vigentes cuatro, por un periodo de seis meses que llegó a su fin en noviembre de 2023.
Estos giraron en torno a la creación de una entidad pública para la construcción de caminos vecinales (la creación de la INVIR fue tumbada por la Corte Constitucional al encontrar una “extralimitación” de poderes por parte del Ejecutivo); la modificación de programas de Familias y Jóvenes en Acción para incorporarlos al Sistema de Transferencias (que se materializó en Renta Ciudadana); la adquisición de la infraestructura que sería el Hospital San Juan de Dios (una promesa del presidente que también ha encontrado frenos desde la Alcaldía Distrital); y la homogeneización de disposiciones sobre la gobernanza de las entidades públicas de servicios financieros.
Pero el Legislativo también ha dado el guiño para otras de esas facultades. En el proyecto de reforma a la salud que pasará a su tercer debate en la Comisión Séptima del Senado, se le atribuiría la capacidad al Ejecutivo de expedir un régimen especial para trabajadores de la salud y regular la prestación de este servicio desde lo intercultural y lo rural. Sectores de centro y oposición han anunciado que, en caso de que estas reciban el visto bueno en los debates posteriores, la discusión pasaría a lo jurídico. Casos ya se han visto.
La reforma pensional, otra de las grandes discusiones de la relación de la Casa de Nariño y la Corte Constitucional fue demandada por la senadora Paloma Valencia, quien argumentó que daba al jefe de Estado facultades extraordinarias para decidir sobre el ahorro del 41 % de los colombianos, que entrarían a un régimen especial.
Y las críticas de gobernar “vía decreto” también han estado en otros espacios. Ya la declaratoria de estado de desastre había abierto la puerta al Ejecutivo para “trasladar recursos presupuestales de la nación que hoy están en otras entidades, que no tienen que ver con este tipo de atenciones, a las regiones que están siendo víctimas climáticas de la situación actual”. En ese momento, la medida fue rechazada, pues la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, ya envuelta en un escándalo de corrupción, podía canalizar ese dinero.
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Los mismos señalamientos llegaron alrededor de los borradores que servirán para dejar en firme la reforma a la salud —esta vez sobre la obligación que adquirirían las EPS para “ajustarse a redes territoriales y priorizar la atención primaria como red central”— que todavía tambalea en el Congreso en caso de que sufra el mismo destino que la laboral.
No es poco que, en esa misma línea, esta última haya resultado en una convocatoria —completamente legal— de una consulta popular, que se sumó a los reclamos del Congreso de que el mandatario busca imponer los resultados deseados. Esta vez, convocando a la ciudadanía para que voten afirmativamente.
En todo caso, Petro no ha sido tímido a la hora de usar este tipo de mecanismos concedidos por la vía legal que, en caso de llegar a instancias como estados de emergencia, ya pasan al análisis juicioso de la Corte Constitucional. Eso sí, mientras los otros poderes sigan tomando decisiones que no sean de la línea que espera el jefe de Estado, los dardos continuarán desde el Ejecutivo a sus vecinos.
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