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Estos son los topes para la tasa de usura y el interés bancario en marzo de 2026

Que no le cobren de más. La Superfinanciera actualizó los rangos máximos que pueden aplicar las entidades, según el tipo de crédito.

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Los intereses que pueden cobrar las entidades bancarias tienen un límite. Se trata de la tasa de usura establecida por la Superintendencia Financiera, que fija el valor máximo de intereses (remuneratorios o moratorios).

La entidad determina el valor de marzo (del 1 al 31) con base en la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 30 de enero al 20 de febrero de 2026.

Para este mes, el valor de la tasa de usura del crédito de consumo y ordinario quedó en 25,52 %. Además, el interés corriente queda en 17,01 % efectivo anual, lo que representa un aumento de 19 puntos básicos (0,19 %) frente a la vigente en febrero de 2026 (16,82 %).

Así lo estableció la Superfinanciera a través de la Resolución 0405 de 2026. Las siguientes certificaciones del Interés Bancario Corriente estarán vigentes entre el 1 y el 31 de marzo de 2026:

ModalidadEfectivo anual
Crédito de consumo de bajo monto42,62 %
Crédito productivo de mayor monto27,20 %
Crédito productivo rural20,94 %
Crédito productivo urbano38,69 %
Crédito popular productivo rural47,54 %
Crédito popular productivo urbano58,55 %

Tasa de usura por tipo de crédito

La Superintendencia recuerda que el interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio.

Así quedan las tasas máximas de interés que pueden cobrar las entidades bancarias:

Modalidades de créditoInterés remuneratorio
y de mora
(efectivo anual)
Usura
(efectivo anual)
Crédito de consumo y ordinario25,52 %25,52 %
Crédito de consumo de bajo monto63,93 %63,93 %
Crédito productivo de mayor monto40,80 %40,80 %
Crédito productivo rural31,41 %31,41 %
Crédito productivo urbano58,04 %58,04 %
Crédito popular productivo rural71,31 %71,31 %
Crédito popular productivo urbano87,83 %87,83 %

¿Qué pasa si cobran más de la tasa de usura?

La usura es un delito tipificado en el Código Penal. Por eso, quien reciba o cobre, de forma directa o indirecta, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente deberá responder ante la justicia.

Esto a cambio de préstamos de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo,

Independientemente de la manera en la que se demuestre la operación, ocultarla o disimular, incurrirá en prisión de 32 a 90 meses y se deberá pagar una multa de 66,66 a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

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