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Por Vicente Apráez
En respuesta al editorial «Dejemos que la justicia actúe».
A partir de los principios fundamentales de presunción de inocencia, prudencia y confianza en la buena fe procesal, que por su puesto han de prevalecer dentro de la intrincada estructura judicial propia de prolijos recaudos probatorios y consolidada a partir del llamamiento a indagatoria del expresidente y senador Álvaro Uribe, ha de entenderse que cuando la medida proviene de la máxima autoridad, per se está revestida de la majestad y legalidad que justifica al poder en ella representado. Diríamos por tanto que sobran los llamados de El Espectador en su nota editorial, a que los magistrados no solo sean transparentes sino que ofrezcan plenas garantías, cuando la verdad es que estas fueron superadas por la prudencia, hasta dar paso a tratamientos tan excepcionales como que hasta omitieron la orden de captura que, en atención a la gravedad del delito de fraude procesal, a ningún otro mortal se le hubiera negado. La verdad es que la Sala, en su excesiva cautela, se abstiene de asegurar al actor corriendo el riesgo de que este con su influencia perjudique los desarrollos y resultantes investigativos, o peor todavía, que opte por procurarse comprometedores amparos diplomáticos.
No cabe duda de que, ante un implicado que consagrado por el fanatismo se creyó intocable, el desconcierto hizo que la primera reacción le llevara a cuestionar el llamado a indagatoria por no haber sido notificado antes. El litigio presente quizá sea el más relevante del momento pero no el único, cuando se sabe del resurgimiento de muchos otros que, a pesar de permanecer arrumados en el despacho del magistrado Malo, afortunadamente fueron desempolvados por el magistrado Bolaños hasta hacer que los punibles fueran declarados de lesa humanidad.
El hecho es que en virtud del art. 126 del C.P., el ahora imputado confronta la posibilidad de ser vinculado formalmente a un proceso que por sus connotaciones podría acarrearle sanciones de la severidad prevista en el art. 453 del C.P para el fraude procesal (prisión de entre seis a doce años).
Nada más erróneo que presumir la culpabilidad del expresidente Uribe, como mal proceden quienes a priori presuponen su inocencia, cuando nada aún está probado. El presidente del Congreso anunció que se encontraba ante una encrucijada del alma, puesto que si acaso la anunciadísima renuncia del senador no podía tramitarse en el seno del Congreso, él era el competente para entrar a definirla a pesar de su manifiesto afecto, razón por la que desde ya anticipó su impedimento, que en forma similar operaría para todos aquellos congresistas que en cualquier sentido se hubieren pronunciado.
No está bien que, como sucede con El Espectador, se arrope la causa bajo la connotación de “un caso delicado”, ni menos que se califique de “acto de gallardía” el que ante tan comprometedora situación, y “como muestra de respeto al Senado”, el expresidente haya ofrecido una renuncia que tiene en vilo a todos, cuando lo cierto fue que este, mediante comunicado leído en tono trémulo desde Ríonegro, desdijo de semejante gallardía y antagónicamente no solo puso en duda y trató de deslegitimar la idoneidad del juez supremo, sino que dejó que el coro de sus prestigiosos abogados recitaran la manida letanía de la persecución y los complots, que según él y ellos someten las decisiones del poder judicial a los designios malévolos de Juan Manuel Santos. Con razón, cuando este fue interrogado al respecto, calificó la estrambótica maniobra como propia no de él sino del agente 007.