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CUENTA LA REVISTA SEMANA EN SU última edición que “cuando al Procurador General de la Nación le llegó para su estudio la ley que aprueba el referendo para reelegir por segunda vez al presidente Álvaro Uribe, lo primero que hizo fue decirle a su equipo que le redactara dos proyectos distintos: uno que declarara exequible la ley y otro que la declarara inexequible.
Recibió los dos proyectos el 24 de diciembre, los empacó en sus maletas y se fue con su esposa y sus hijas a estudiarlos a las islas del Rosario”. La anécdota de cómo el señor Procurador analiza los asuntos constitucionales a su cargo para conceptuar sobre ellos recuerda un importante debate al derecho del que depende en buena parte el bienestar o malestar de una sociedad.
Concepciones realistas perciben la Constitución, las leyes y demás normas como campos semánticos indefinidos cuyo contenido lo determina quién decide. Esta visión descarnada enarbola el lema “el derecho es lo que dicen los jueces que es”. La alternativa al entendimiento “decisionista” considera que la práctica del derecho, en una sociedad moderna fundada en la dignidad y la igualdad, debe trascender las convicciones e intereses personales de quien lo aplica. Para la concepción normativista, los operadores jurídicos deben elevar y cumplir las pretensiones de corrección que constituyen la quintaesencia del derecho y del cabal ejercicio de la función pública.
El debate teórico por cierto no es pacífico. A favor del realismo jurídico milita el relativismo valorativo propio de un mundo postmetafísico, donde la agencia humana se explica por intereses. En contra de criterios objetivos de corrección que limiten el arbitrio subjetivo del fallador se aduce que en el derecho no existen respuestas correctas y que la única limitación para decidir es la letra de la ley. Auctoritas, non veritas facit jus. Los partidarios de entender al derecho como una práctica colectiva integral comparten que los desacuerdos interpretativos son comunes en el debate jurídico y que las intenciones de los intérpretes pesan más que la intención misma del propio creador de las normas a la hora de fallar un caso. Pero, a diferencia del decisionismo, la concepción del derecho como integridad exige entender que toda decisión jurídica mejora o empeora la comunidad en que vivimos. Por eso jueces, administradores y demás operadores jurídicos deben tener en cuenta las consecuencias de sus decisiones, no en cuanto a qué personas se vean favorecidas sino en relación con las reglas generales que la decisión postula para el comportamiento futuro de los ciudadanos. Quienes aplican el derecho deben ser conscientes de que el bienestar o la ruina individual y social dependen de sus decisiones. Es una decisión jurídicamente incorrecta aquella que fomenta la trampa o el desconocimiento de las garantías legales que aseguran la autenticidad de la iniciativa ciudadana (como lo ha mostrado con acierto Rodrigo Uprimny en El Espectador) y la igualdad de oportunidades en la campaña electoral.
El derecho no se fabrica como prenda de vestir según las medidas del poderoso; el derecho debe encontrarse consultando la justicia y la equidad para que todos los ciudadanos se sientan respetados y tengan una motivación para quedarse en la comunidad y comportarse lealmente con ella. El respeto al precedente jurisprudencial es consustancial a la corrección jurídica. Por eso es tan importante una buena formación jurídica. De ella depende la diferencia entre sociedades atrasadas y sociedades con elevado grado de civilización.
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Lo que faltaba: ahora el ex ministro Arias investigado por obstrucción a la justicia. ¿Otro caso para el oscuro pozo de la Fiscalía?