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Petro solicita alcalde ad hoc “para mayor tranquilidad” en caso La Conejera

El alcalde confirmó que se encuentra impedido para decidir si se construye o no un proyecto urbanístico en inmediaciones a ese humedal.

18 de noviembre de 2014 – 12:37 p. m.

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Ante los cuestionamientos que se han venido realizando debido al levantamiento de un complejo de apartamentos, los cuales al parecer afectarían el ecosistema del humedal de Suba donde serían construidos, el alcalde Gustavo Petro insistió en que la construcción no afecta el ecosistema y reiteró que se declara impedido para decidir si se llevan a cabo los proyectos o no ya que su cuñado es el presidente de la junta directiva de la constructora que está a cargo del proyecto.

A través de un trino, el alcalde de la capital colombiana dio respuesta al periodista Daniel Coronell, luego de la columna en la Revista Semana, en la que hace referencia a “controvertidos y millonarios negocios de la familia política del alcalde”, que hace algún tiempo que no tiene comunicación con sus cuñados, expresando además, que ha pedido un alcalde ad hoc con el fin de tranquilizar las críticas.

“Para mayor tranquilidad he pedido un alcalde ad hoc en caso de intervención nuestra”, expresó el mandatario en conversación con Caracol Radio.

En respuesta a las manifestaciones de Ricardo María Cañón Prieto, personero de Bogotá, acerca del humedal, quien señaló que según análisis la construcción superpone a la zona de manejo y preservación ambiental del humedal La Conejera afectando un área aproximada de 238 metros cuadrados, Petro expresó que Cañón “es miembro del Comité de veeduría sobre las curadurías, y su delegado firmó el visto bueno técnico… Pero como el personero luego contradice la actuación de su delegado, prefiero que alguien independiente a mí conteste”.

Petro añadió que hasta el momento el curador de dichas construcciones no permite la realización de éstas en la ronda del humedal.

El pasado lunes el mandatario expresó que si el proyecto afectaba el ecosistema debería ser “destruido”.

“Si una sola construcción se ubica dentro del área de humedales previamente definidas por normas que no hizo esta alcaldía, debe ser destruida”.

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