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Extraditar para pensar

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VARIAS SEMANAS DESPUÉS DE EXtraditar a un grupo de jefes paramilitares, el presidente Uribe manifiesta su preocupación ante la posibilidad de que en Estados Unidos esas personas reciban bajas sanciones, e intenta lograr un acuerdo con las autoridades norteamericanas para no extraditar a quienes pudieran ser condenados a penas leves.

La ley colombiana establece que la extradición sólo procede por delitos que tengan una pena superior a 4 años de prisión, luego el tema de las penas mínimas para que este mecanismo opere ya existe y la Corte no aprueba una extradición que no cumpla este requisito.

Sin embargo, como frente a un concepto favorable de la Corte la extradición es potestativa del Gobierno, es perfectamente comprensible que si existe la posibilidad de que una persona pueda recibir en el exterior una pena menor a la que en Colombia le correspondería por los mismos hechos que fundamentan su extradición, ésta pueda ser negada por el Presidente. Lo que resulta inconcebible es que el tema se analice después de concedida la extradición y, peor aún, que la ingenuidad alcance para creer que los jueces norteamericanos fijan las penas de acuerdo con las preocupaciones del Jefe de Estado colombiano.

Pero además el reclamo hace pensar que el Presidente ignora que las penas que dichas personas recibirán en Estados Unidos son solamente por los delitos perpetrados en territorio norteamericano o contra intereses de esa nación. Eso significa que hay muchos otros delitos que pudieron haber sido cometidos por tales personas en Colombia, como homicidios, secuestros o desapariciones forzadas, por los cuales deben ser investigados, juzgados y condenados en Colombia.

De hecho, la Fiscalía sigue adelantando procesos contra esos extraditados dentro del marco de la Ley de Justicia y Paz, porque el Gobierno tampoco los ha retirado de la misma. Lo curioso es que de acuerdo con la mencionada legislación especial, las penas máximas que pueden llegar a recibir oscilan entre los 5 y los 8 años de prisión por delitos que son considerablemente más graves que el narcotráfico por el que han aceptado cargos en Estados Unidos.

En lugar de estar tardíamente preocupado por las penas que los jueces norteamericanos impondrán a quienes con tanta premura extraditó, el Gobierno debería preocuparse por la suerte de las investigaciones que contra los aludidos jefes paramilitares se adelantan en Colombia, para procurar que reciban sanciones proporcionales a los delitos cuya comisión se les compruebe. Si además de lo anterior quiere introducir modificaciones legales al régimen de la extradición, bien puede aprovechar la tan anunciada reforma a la administración de justicia para tocar temas como éste, aun cuando no tenga que ver con la potestad nominadora de los altos cargos de la Rama Judicial.

El embajador norteamericano, que se caracteriza por un particular sentido del humor, contestó la inquietud del Presidente diciendo precisamente eso: que probablemente las penas que se impongan en Estados Unidos a dichas personas sean superiores a las que aquí recibirán dentro del marco de la Ley de Justicia y Paz.

Dicho de otra manera: ¿por qué no se preocupa de los procesos que por delitos mucho más graves se adelantan en Colombia y deja que los jueces norteamericanos hagan su trabajo respecto de unas personas a quienes jamás habrían juzgado si el presidente Uribe no hubiera autorizado la extradición que ahora lo ha puesto a pensar?

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