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Estos son los cambios frente a la seguridad del presidente con un decreto sobre el Dapre

La Jefatura para la Protección Presidencial contará con más apoyo de la Unidad Nacional de Protección y la Dirección Nacional de Inteligencia.

El presidente Gustavo Petro y Laura Sarabia, nueva directora del Dapre.
El presidente Gustavo Petro y Laura Sarabia, nueva directora del Dapre.
Foto: AP - Susan Walsh

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Laura Sarabia llegará a la dirección del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) en los próximos días. Su nuevo cargo, que le permitirá regresar, de manera oficial, a trabajar como la mano derecha del presidente Gustavo Petro, también tendrá unos cambios, según quedó estipulado en un decreto del pasado 13 de febrero. Estos incluirían incluir en mayor medida a la Unidad Nacional de Protección (UNP) y a la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI).

Tras uno de los cambios, se establece que es función de la Jefatura para la Protección Presidencial: “Establecer en coordinación con la Casa Militar los protocolos de seguridad y administración de recursos, frente a la agenda y eventos que desarrolle el Presidente y Vicepresidenta de la República y sus familiares, adoptando medidas de seguridad que garanticen su vida e integridad física, en coordinación y articuladamente con la Jefatura de Despacho Presidencial, la Policía Nacional, las Fuerzas Militares, la Unidad Nacional de Protección y la Dirección Nacional de Inteligencia, en el marco de sus competencias legales y reglamentarias”.

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Es decir, se agregó la necesidad de trabajar en coordinación con la UNP y la DNI. El decreto 0155 de 2024 fue firmado hace siete días por Carlos Ramón González, quien hasta el momento era el director del Dapre, y Cesar Augusto Manrique, director del Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP). Este modifica dos artículos Del Decreto 2647 de 2022, sobre las funciones del Dapre.

Además del mencionado cambio en el artículo 4, en el punto 3 quedó estipulado que la Jefatura para la protección presidencial debe “identificar, evaluar y adoptar las medidas que prevengan y mitiguen situaciones las cuales comprometan la seguridad, vida e integridad del Presidente y Vicepresidenta de la República y sus familiares”, ahora “en coordinación con las correspondientes autoridades, la Unidad Nacional de Protección y la Dirección Nacional de Inteligencia, en el marco de sus competencias legales y reglamentarias”.

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