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En derecho inmobiliario, saber cuáles son los límites con mis vecinos es un requisito esencial de la seguridad jurídica. Esa precisión se logra yendo al predio a medir, lo que se conoce como un método directo de medición: exacto, pero costoso en tiempo y dinero.
Los métodos indirectos son medidas remotas soportadas en tecnología satelital. Rápidos, baratos, pero imprecisos; los ingenieros catastrales se resisten a su uso. A través de un robot que se llama dron, se llega hasta la lejanía de la montaña para medir los puntos.
Otro método indirecto es el colaborativo: los campesinos en campo, con su celular y una app que los guíe con sus vecinos, podrían levantar las coordenadas. Medir es un procedimiento esencial para formalizar la propiedad, que en Colombia es informal en más de un 50 % y la meta es formalizar siete millones de hectáreas; algo imposible de cumplir con métodos directos.
Corregir esa anomalía implica romper paradigmas, más aún en Colombia, que, con tres cordilleras (cada una asciende a 4.000 metros), es una de las geografías más complejas del mundo. Si habláramos de terrenos planos como los que prevalecen en la altillanura y los valles interandinos, sería posible aplicar métodos indirectos. No es la realidad prevalente de la ruralidad en Colombia. El topógrafo debe ir a zonas muy alejadas de centros poblados, montañosos, en ocasiones en filos inexpugnables y aun así no logra una medición precisa que delimite la tierra de los colindantes para otorgarles su título de propiedad.
Aceptémoslo: los métodos indirectos (satelital y colaborativo) tienen un margen de error; la inexactitud deja latente una discrepancia en la cabida de los predios entre los colindantes. Aspirar a la precisión en la medición es una ambición técnica ineficaz en muchos casos donde los colindantes identifican cuáles son sus límites con sus vecinos. Esa ambición puede ser el fracaso de cualquier reforma agraria. Es preciso que los propietarios apoyen la meta de formalización de la Agencia Nacional de Tierras.
Se propone privilegiar, en primer lugar, acuerdos de colindancias entre vecinos con la ayuda de sus propios celulares que, al recoger las coordenadas de los puntos hitos que definen sus fronteras, puedan suscribir actas capaces de ser admitidas en el Registro de Propiedad y, frente a la inexactitud de la medición, que deja latente un conflicto entre vecinos, que la Jurisdicción Agraria disponga un recurso judicial —tan expedito como el de la tutela— para dirimir esos márgenes de error que dejan los métodos indirectos. Solo en estos casos habría la necesidad de que el topógrafo se desplace a tomar las medidas en forma directa. En la mayoría de los demás, los campesinos con su título en mano conviven a partir de las actas de colindancia que suscriben con sus vecinos. Es una autodeclaración que haría cumplir las metas en mucho menor tiempo. Negarse a aplicar estos métodos hará de la reforma agraria una mera proclamación, como ocurre con muchas políticas publicas frustradas en Colombia.
Sergio Roldán Zuluaga
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