Doble instancia y doble conformidad

Rodrigo Uprimny
20 de septiembre de 2019 – 10:20 p. m.

En una columna reciente sostuve que debe garantizárseles el derecho a impugnar su condena (DIC) a todas las personas que fueron condenadas y no tuvieron esa posibilidad, como el exministro Arias. Sin embargo, la solución no es volver retroactiva la doble instancia para aforados, que fue recientemente establecida pero hacia el futuro. La mejor fórmula consiste en crear un mecanismo extraordinario de impugnación para esos casos.

Esta propuesta está fundamentada en la distinción entre la doble instancia y el DIC, que son figuras cercanas pero diferentes.

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