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Pese a existir una política pública vigente en materia de seguridad minera, y contrario al objetivo que esta plantea, en lugar de lograr una disminución de accidentes, estas cifras han aumentado significativamente en más del 40 %. Así lo admite el saliente gobierno Duque y lo ha dejado consignado en un extenso documento anexo a la Resolución 40209 de junio pasado, por medio de la cual se actualiza la Política Nacional de Seguridad Minera.
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El pasado 30 de mayo el país sufrió la que hasta ahora es la última tragedia minera cuando en El Zulia, Norte de Santander, quince mineros perdieron la vida al parecer por una acumulación de gases.
Precisamente, una de las razones para renovar esa política es bastante poderosa: desde 2011 hasta el 31 de mayo de este año se registraron 1.262 accidentes mineros con fatalidades en promedio de 104 por año, y un total de 1.373 mineros muertos (ver infografía).

Los accidentes ocurrieron principalmente en actividades de minería de carbón y oro de filón a pequeña escala y con causas asociadas a falla geomecánica, atmósfera contaminada o irrespirable y explosión; de acuerdo con la información reportada por la Agencia Nacional de Minería.
Entre 2010 y 2011 se alcanzaron altas cifras de siniestralidad en materia minera. En 2010 se presentaron 173 fatalidades y 127 en el año 2011. En este contexto, en 2011 el Ministerio de Minas y Energía formuló y adoptó, mediante la expedición de la Resolución 18-1467 la Política Nacional de Seguridad Minera, la cual tenía como visión que a 2024 no hubiera fatalidades en minería y que cada año las fatalidades disminuyeran en 10 % respecto al anterior.
A diez años de la adopción de la mencionada política, la cifra de accidentalidad anual ronda más de cien accidentes mortales, según estadísticas de la Agencia Nacional de Minería (ANM): 2005-2021. El saliente gobierno Duque reconoció que la falta de un modelo gerencial y un sistema de gobernanza claros de las acciones de la mencionada política, que permitiesen establecer responsabilidades, metas y plazos, así como la correlación de estas con el comportamiento de la accidentalidad constituyó un elemento fundamental para impedir el logro de los objetivos trazados.
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De acuerdo con datos suministrados en la Circular 35 de Fasecolda, el 15 % de los trabajadores vinculados al sector minero se accidentan, especialmente en minas subterráneas de carbón, a causa de un deficiente sostenimiento, falta de ventilación y un precario transporte interno.
La minería subterránea del carbón es la que genera más fatalidades al sistema. El 90 % de los accidentes mortales son producto de la actividad minera subterránea, en la cual el sector carbón aporta el 66 % y el oro el 27 % de los accidentes mortales, de acuerdo con información suministrada por la ANM.
En lo corrido del 2021 se registraron 148 fatalidades y en el transcurso del 2022, con corte al 31 de mayo, se presentaron 66 fatalidades.
De otra parte, persiste la falta de información actualizada sobre el número de trabajadores empleados en las operaciones mineras y su afiliación a los regímenes de seguridad social integral, al entenderse la seguridad minera como acciones en pro de la preservación de la vida, la salud y la integridad de los trabajadores. Así mismo, se adolece de un sistema de seguimiento en materia de seguridad y salud en el trabajo en la industria minera, y existen actividades mineras que se adelantan sin el cumplimiento de los requisitos exigidos por ley, incluidos aquellos aspectos técnicos establecidos en los reglamentos de seguridad e higiene minera.
En ese entorno descrito se efectuó un análisis y una evaluación del resultado obtenido en la implementación de la Política Nacional de Seguridad Minera durante los diez años de ejecución, con el objetivo de identificar las brechas persistentes y ajustar las líneas estratégicas con sus correspondientes acciones.
Dicho trabajo identificó que, si bien las acciones de la anterior política en su mayoría pertinentes por establecer un enfoque preventivo, una mayor exigencia técnica, la participación de actores de manera coordinada y la consolidación de un sistema público de información, no han tenido el efecto deseado.
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Falencias
Una de las principales falencias detectadas en la actual política es la inexistencia de un plan de trabajo que facilite la verificación del cumplimiento de las acciones contempladas y así establecer la correspondencia de estas con el comportamiento de la accidentalidad en el sector minero, anota el documento.
Teniendo esto presente, el Gobierno Nacional se planteó la necesidad de actualizar la Política Nacional de Seguridad Minera, partiendo de la revisión de cada una de las acciones contempladas en esta, analizando su pertinencia en el escenario actual y estableciendo mecanismos armonizados con actuaciones administrativas del sector minero que se han adoptado recientemente.
El objetivo de la nueva política, reseña el extenso documento, es “disminuir la accidentalidad y mejorar las condiciones de seguridad en las que se adelantan las actividades en el sector minero del país, a través de la construcción e implementación de una cultura de la prevención, la cual estará a cargo de las partes interesadas para la prevención de accidentes, fatalidades y enfermedades laborales”.
Como principal apuesta se establece la creación de un espacio interinstitucional de alto nivel, con una estrategia gerencial de plan de acción, que direccione la ejecución de la política en materia de seguridad y armonice los esfuerzos desde las diversas instituciones que participan en su implementación.
Una de las líneas estratégicas de la actualización de la política de seguridad minera contempla la creación del Sistema Nacional de Seguridad Minera (SNSM), en donde se consideren los organismos necesarios para su funcionamiento tanto a escala nacional como regional, para la implementación de la agenda de la seguridad minera, en un mediano plazo.
Adicionalmente, esta actualización establece la prevención como uno de los factores claves que inciden sobre el comportamiento de la accidentalidad. Es así, según el documento, como se precisan acciones que parten de la investigación de los accidentes, que contemplan aspectos técnicos propios del depósito, que serán sensibilizadas a través de modelos de gestión de cambio cultural, desarrollados con variables sociales de la población, en función de las regiones y sus hábitos de explotación.
La actualización de la política establece la necesidad de robustecer la coordinación para el accionar y el seguimiento conjunto que deben adelantar las instituciones en materia de cumplimiento de medidas dispuestas para la seguridad minera.
También contempla la necesidad de implementar medidas jurídicas que permitan establecer responsabilidades civiles, penales y administrativas, así como actuación administrativa previa a la ocurrencia de las emergencias mineras.
Finalmente, como lo establecen los principios de la seguridad en cualquier actividad económica, en esta actualización se indican aspectos que conlleven al bienestar de los trabajadores que desarrollan la minería. En este sentido, se incluyen los aspectos de enfermedad laboral y vigilancia epidemiológica asociada a la actividad minera.