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“Nunca ordenamos retirar del mercado colombiano marcas de leche”: Invima

El Invima aseguró, a través de un comunicado, que hubo sanciones, pero que no retiró productos del mercado.

Ya sea de almendras, arroz o avena, las bebidas vegetales han cobrado cada vez mayor popularidad por sus aportes nutricionales.
El Invima asegura que varios medios de comunicación distorsionaron la información.
Foto: @maca_bites

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Este sábado 30 de marzo, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimento (Invima) publicó un comunicado para hacer una aclaración frente a un asunto que ha inquietado a varios consumidores de leche en el país: el supuesto retiro de varios lotes de ciertas marcas de leche del mercado colombiano.

Aunque varios medios de comunicación publicaron noticias asegurando que esa entidad había ordenado el retiro de algunos productos porque tenían niveles superiores de lactosuero en leche entera, lo cierto es que el Invima nunca ordenó esa medida.

“Nunca el Invima ha ordenado que se retiren del mercado colombiano las marcas de leche elaboradas por los establecimientos en cuestión, así como ninguna otra”, informó en un comunicado.

Lo que sucedió fue lo siguiente: el Instituto llevó a cabo acciones de inspección, vigilancia y control en dos plantas higienizadoras de leche en Cundinamarca. Tras tomar muestras de leche entera Ultra Alta Temperatura (UHT), notaron que no cumplían con el nivel adecuado de lactosuero.

Por esa razón, informa el Invima, les impusieron medidas sanitarias muy diferentes a lo que han mostrado algunos medios. Hubo suspensión de trabajos y de servicios de la línea de leche líquida entera UHT y de la congelación de ciertos productos. Las compañías, dice la entidad, llevaron a cabo las acciones necesarias para corregir la situación y pudieron continuar su producción.

“Las medidas sanitarias de seguridad aplicadas por el Invima son de carácter preventivo y se levantan una vez se comprueba que desaparecen las causas que las originaron”, reitera el Invima.

En esta caso, el alcance de la sanción fue solo para la línea “en la que se elabora leche líquida entera UAT – UHT. Las medidas aplicadas no deben generar perjuicio para los demás productos y marcas fabricados”.

Los productos a los que hacía referencia el Invima eran los siguientes:

1.  Lote 011 APES de la Marca “Aro” (registro sanitario RSA-0022866-2022) y fecha de vencimiento 2024-04-09. Tenía una concentración de 48,9 µg/mL.

2.  Lote 011 APES del Producto “LELÉ” (registro sanitario RSA-0022866-2022), y fecha de vencimiento 2024-04-09, con una concentración de 45,1 µg/mL.

3. Lote 011 APES del Producto “Medalla de Oro” (registro sanitario RSA-0022866-2022) y fecha de vencimiento 09-04-2024. Tenía una concentración de 50,1 g/mL.

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