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Decir que los datos son el nuevo petróleo es quedarse corto. Si bien no existen cifras concluyentes que midan el peso del manejo y explotación de datos en la economía global, hay motivos de sobra para afirmar que es uno de los grandes motores del crecimiento económico.
Una muestra clara de esto es que cinco de las empresas más valiosas del mundo están inmersas en este negocio: Apple, Google, Microsoft, Meta y Amazon.
La Comisión Europea estima que en 2025 la economía de los datos representará, solo en esa región, más de 829.000 millones de euros (el 2,4 % de su PIB). También anticipa que este año se registrará un aumento del 530 % en el volumen mundial de datos (la abrumadora cantidad de 175 zettabytes).
Las empresas logran convertir los datos en dinero de varias formas, entre las que destacan la publicidad digital personalizada, el entrenamiento de inteligencia artificial y la optimización de procesos. Es aquí donde los datos personales y los derechos de la población cobran protagonismo.
Sin reglas de juego claras, se corren varios riesgos. Algunos de los más relevantes son que la privacidad de las personas se vea expuesta; que las empresas comercialicen esa información sin el consentimiento de sus titulares; o que se excluyan a determinados grupos poblacionales por sesgos que pudieran contaminar los algoritmos encargados de tomar decisiones sobre créditos, seguros, empleo o vivienda.
La norma marco que protege a los colombianos de estos eventuales abusos es la Ley de Habeas Data (la 1581 de 2012), muy conocida entre los consumidores cada vez que una organización o comercio le pregunta si autoriza el tratamiento de sus datos personales.
Expertos en la materia como Heidy Balanta, quien es docente de posgrado de Derecho Informático en la Universidad Externado, coinciden que aunque esta ley es robusta, hay muchos aspectos en los que se queda corta, pues hay que tener en cuenta que tiene más de 10 años y, desde entonces, el mundo ha experimentado grandes cambios, siendo el auge de la inteligencia artificial generativa el más relevante.
Es por lo anterior que desde distintos sectores se busca reformar la Ley de Habeas Data. En este momento hay radicados por lo menos dos proyectos legislativos que apuntan hacia ese objetivo; uno es el que radicó la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación; y otro el que presentaron los representantes a la Cámara María Fernanda Carrascal y Duvalier Sánchez.
En entrevista con El Espectador, Cielo Rusinque, cabeza de la SIC, señaló que la iniciativa del Gobierno busca garantizar el derecho a la transparencia, permitiendo que los ciudadanos reciban información clara y oportuna sobre el destino de sus datos, cómo serán tratados, en qué se utilizarán y cuál podría ser su alcance.
La iniciativa también ofrece ciertas flexibilidades a las empresas, como la posibilidad de no tener que solicitar la autorización de tratamiento de datos personales para ciertos trámites, facilitando procesos y tareas.
También se muestra más flexible para los mayores de 14 años, pues les da la posibilidad (en concordancia con los pronunciamientos que ha dado la Corte Constitucional) de tener más autonomía sobre el manejo de sus datos personales. Es decir, habría trámites para los que no se necesitaría el aval o la intermediación de sus representantes legales.
El proyecto también aborda otros aspectos como el derecho que tienen los ciudadanos para hacer portabilidad de datos (que estos puedan migrar de una a otra organización si así lo desean); el no ser objeto de decisiones que limiten sus derechos fundamentales o tengan efectos discriminatorios; y oponerse al tratamiento de sus datos personales, o solicitar su limitación, cuando se carezca de una base legítima que lo fundamente o se adelante con fines de publicidad o mercadeo directo.
Otro aspecto importante es que aumenta las sanciones. Esto con un propósito disuasorio, para que las organizaciones (independientemente de que sean privadas o públicas) cumplan con sus deberes y respeten los derechos de los ciudadanos. En algunos casos se pasa de los 2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes a los 10.000.
Para la estimación de estas sanciones se aplica una dosimetría basada en criterios como la capacidad financiera del agente infractor. “La idea no es acabar con la empresa, sino mantener una proporcionalidad. Este marco normativo no debe verse como una limitante o una barrera adicional; por el contrario, las empresas colombianas que cumplan con estas normas ganarán reputación y generarán mayor confianza, tanto para inversores como para consumidores”, explicó Rusinque, al añadir que hay elementos que permanecerán, como la consideración de que los datos biométricos (iris, huella dactilar, voz…) son datos sensibles y que, por lo tanto, su titular no está en la obligación de proporcionarlos (se ha vuelto común de que los pidan para el ingreso a conjuntos residenciales, gimnasios y lugares de trabajo).
Por su parte, el proyecto de los representantes Carrascal y Sánchez pareciera tener una clara inspiración en el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR, por sus siglas en inglés), que es la reconocida normativa que se aprobó hace unos años en la Unión Europea y que también ha servido como un marco de referencia para otras naciones.
“Desde mi curul emprendimos esta lucha hace más de dos años. De la mano de organizaciones de la sociedad civil y especialistas, construimos un proyecto que busca garantizar nuestro derecho fundamental a la protección de los datos personales, reducir el riesgo de violaciones, aumentar la confianza en los servicios digitales y cumplir con las pautas internacionales”, afirmó Carrascal.
Algunos puntos clave de esta iniciativa son: el tratamiento lícito de los datos (se aclara en qué escenarios es legal tratar los datos personales); se regula el uso de datos para fines distintos a los inicialmente establecidos (aquí lo importante es que se respetará el consentimiento del titular); la definición de estándares para proteger los datos y se exige notificar los incidentes de seguridad tanto a la autoridad competente como a los titulares afectados; la realización de evaluaciones de impacto (con las que se identifican y mitigan los eventuales riesgos que tendría una tecnología antes de que esta sea desplegada); y la capacidad de los consumidores para seleccionar en cuáles usos quieren que sus datos sean tratados y en cuáles no.
Tenga en cuenta que estos proyectos de ley no necesariamente entran a competir en el Congreso, pues en muchos aspectos son similares y ambos contaron con la colaboración de la SIC. Podría pasar que estos se acumulen y que el trabajo del legislativo se concentre en sacar lo mejor de ambas propuestas.
Lo que dicen los expertos
La docente Balanta destaca que una parte clave de esta actualización normativa es su alcance extraterritorial: empresas como Google, TikTok, Facebook y cualquier otra que utilice o procese datos de ciudadanos colombianos deberán cumplir con la legislación del país.
Para ella también es relevante que estos proyectos ponen de relieve el principio de responsabilidad demostrada, que consiste en la obligación de las organizaciones de implementar controles de protección de la información, tanto proactivos como preventivos. Aunque actualmente este principio está presente en la normativa, no se sanciona porque es de carácter reglamentario y no estatutario; situación que cambiaría con la aprobación de la ley.
Sobre el eventual impacto que este proyecto de ley pueda tener en la inversión, la abogada de derecho corporativo Angie Monroy explica que dependerá de la confianza y seguridad jurídica que la misma genere. “Creemos que es indispensable que la reforma impulse el aprovechamiento de las bondades de la tecnología y de la economía digital, y que, a su vez, establezca reglas claras para la protección de este derecho fundamental de vital importancia en las sociedades democráticas”.
Finalmente, Jorge de Los Ríos, socio de Ponce Herrera Ruiz, enfatiza que, más allá de la regulación, el Gobierno, la academia y el sector empresarial deberían promover programas de alfabetización digital en materia de privacidad de la información. Esto permitiría a las personas tomar decisiones más informadas sobre la entrega de sus datos y ejercer una vigilancia activa sobre quién los utiliza y de qué manera.
Legislaciones como la europea han sido enfáticas en que la defensa de los derechos de los ciudadanos es el centro de la discusión, pues las organizaciones y empresas que trabajan con los datos son las que más resultan beneficiadas con estos. Incluso se ha propuesto desde diversos sectores de que los ciudadanos puedan ser retribuidos por el uso de su información personal.
Al final de cuentas se trata de entender que los datos tienen un valor enorme y su regulación debe reconocer su valor económico, pero también el bien fundamental que representa para los ciudadanos.
El expresidente ejecutivo de Telefónica S.A., José María Álvarez-Pallete, asegura que el valor de los datos generados por una familia de cuatro miembros puede rondar entre los US$26.000 y US$40.000 al año y, sin embargo, los están entregando de forma gratuita.
La reflexión que deja esta cifra es que cada persona ser consciente del valor que tienen sus datos.
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