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Tribunal ordena a Nueva EPS publicar sus estados financieros de 2023, 2024 y 2025

Según concluyó el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, la publicación de los estados financieros constituye un “mecanismo esencial de transparencia y control sobre la información de las entidades sometidas a vigilancia estatal”. En ese sentido, ordenó a la Nueva EPS publicar los estados financieros de 2023, 2024 y 2025.

Oficina de Atención al Afiliado de esta eps, ubicada en la calle 48 con carrera 7, en Bogotá.
La Nueva EPS tiene un plazo de tres meses para publicar sus estados financieros.
Foto: Óscar Pérez

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En la tarde de este jueves 23 de julio, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó a la entidad prestadora de servicios de salud, la Nueva EPS, elaborar, certificar, difundir y publicar sus estados financieros correspondientes a 2023, 2024 y 2025 en un plazo máximo de tres meses.

Según detalló el Tribunal, la decisión se adoptó tras estudiar y resolver una acción de cumplimiento presentada por la Fundación para el Estado de Derecho, que señaló el presunto incumplimiento de las obligaciones legales relacionadas con la elaboración, aprobación y publicación de la información financiera de la entidad prestadora de servicios de salud entre 2023 y 2025.

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En respuesta a la acción, el Tribunal señaló que la Nueva EPS debe cumplir con lo dispuesto en los artículos 34 y 42 de la Ley 222 de 1995, los cuales contienen “mandatos claros, expresos e inobjetables”. Es decir, concluyó que esa norma no deja margen para interpretaciones distintas a que las empresas están obligadas a elaborar, aprobar y divulgar sus estados financieros.

Asimismo, precisó que la Circular Externa 016 de 2016, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud, que establece cómo y cuándo las entidades vigiladas deben reportar y publicar su información financiera para efectos de supervisión, constituye una “obligación de resultado”, por lo que su cumplimiento es exigible.

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En ese sentido, explicó que “no basta con acreditar que la entidad adelanta procesos internos de saneamiento, validación o depuración contable”. Además, señaló que esas actuaciones administrativas no justifican el incumplimiento de un deber legal, “cuyo plazo ya había vencido para las vigencias objeto del proceso”.

Por último, el Tribunal concluyó que la publicación de los estados financieros constituye un “mecanismo esencial de transparencia y control sobre la información de las entidades sometidas a vigilancia estatal”. En consecuencia, ordenó a la Nueva EPS cumplir las obligaciones previstas tanto en la ley como por la Superintendencia Nacional de Salud.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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