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La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) informó el 8 de agosto de 2026 que había ordenado la suspensión preventiva de las actividades de Grupo Terra Zan S.A.S. E.S.P., empresa dedicada al manejo, aprovechamiento y tratamiento de residuos en un complejo ubicado en los municipios de Bojacá y Mosquera. La medida fue impuesta mediante la Resolución DRSO No.10267000184del 3 de junio de 2026.
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De acuerdo con la Corporación, desde hace un año venían haciendo seguimiento y control, imponiendo medidas preventivas por malas prácticas en el manejo de residuos, como la presencia de residuos orgánicos en diferentes estados de descomposición mezclados con residuos no orgánicos, tales como bolsas plásticas, empaques, envases y otros materiales no compatibles con procesos de compostaje.
Así mismo, observaron la presencia de materiales asociados a residuos de construcción y demolición (RCD), tales como fragmentos de ladrillo, concreto y material cerámico, los cuales no son aptos ni compatibles con procesos de aprovechamiento orgánico, “situación que generó presencia de aves carroñeras, olores desagradables y otros vectores que, a criterio de los técnicos, demuestran una afectación al entorno”, detalló la CAR.
En el operativo también identificaron lixiviados, movimientos de tierra con maquinaria pesada, ausencia de clasificación de áreas para la recepción, separación y tratamiento de los residuos. En el operativo, según informó la CAR, también identificaron lixiviados, movimientos de tierra con maquinaria pesada, ausencia de clasificación de áreas para la recepción, separación y tratamiento de los residuos y otras inconsistencias que, de acuerdo con la autoridad ambiental, evidencian incumplimientos de la normativa aplicable.
Por todo lo anterior, la autoridad ambiental determinó la persistencia de malas prácticas y ordenó la suspensión preventiva de la totalidad de las actividades. Compulsó copias a la Agencia Nacional de Licencias Ambientales y las alcaldías de Bojacá y Mosquera, respectivamente.
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“Con esta medida queremos enviar un mensaje al sector industrial, para que desarrollen sus actividades con los trámites y licencias ambientales que se requieren, sin poner en riesgo los recursos naturales”, advirtió Camila Cortés, directora regional Sabana Occidente de la CAR.
(*) Nota de actualización editorial. La medida reportada en esta publicación corresponde a una suspensión preventiva impuesta por la CAR mediante la Resolución DRSO No.10267000184del 3 de junio de 2026, cuya divulgación pública dio origen a esta nota del 8 de agosto de 2026. El expediente sancionatorio ambiental No. 119727 continúa en trámite y, a la fecha, no existe en la documentación conocida por este medio una decisión sancionatoria ejecutoriada que defina la responsabilidad administrativa de GRUPO TERRA ZAN S.A.S. E.S.P. La empresa controvierte los fundamentos técnicos y jurídicos de la actuación y algunos de los hallazgos reportados por la CAR. Los hallazgos y valoraciones técnicas reseñados en la nota corresponden a información atribuida a la autoridad ambiental.
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