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Promesas de la laboral: lo que tiene que cambiar para las trabajadoras domésticas

El 95 % de las personas que trabajan en el sector doméstico son mujeres. Con la nueva ley se espera reducir las brechas que persisten para ellas, pero siguen existiendo retos clave.

22 de octubre de 2025 - 09:50 a. m.
El 95 % de las personas que trabajan en el sector doméstico son mujeres.
Foto: Archivo
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“El sector del trabajo doméstico es uno altamente vulnerado y precarizado”, explica Claribed Palacios, presidenta de la Unión de Trabajadoras Afrocolombianas del Servicio Doméstico (Utrasd). La informalidad laboral, la falta de derechos, la casi nula cotización de salud y pensión, los horarios de trabajo extensos y mal remunerados han hecho parte de la realidad de estas mujeres desde siempre.

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Palacios explica que se deben tener en cuenta las características de cada una de las trabajadoras, pues desde un enfoque interseccional hay barreras que perjudican más a mujeres negras, campesinas, indígenas, rurales, etc.

Por ejemplo: entre mayo y julio de 2025, solo el 36,8 % de las mujeres campesinas hicieron parte de la población ocupada, según el DANE. Y a pesar de que tienen más educación que los hombres, participan menos en el mercado laboral por la sobrecarga de trabajo no remunerado a la que están expuestas, según la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL).

Dependiendo de la región, las vivencias para las trabajadoras domésticas son distintas. “Las condiciones de pago entre una ciudad capital y un pueblo pequeño varían. Uno encuentra que en Apartadó una señora puede decir que gana el día COP 15.000, mientras que en Medellín pueden pagar el día a COP 80.000 – 100.000”.

La presidenta de Utrasd, afirma que este sigue siendo un problema cultural, pues se normaliza una valoración mínima por el trabajo doméstico. Aunque en el papel la situación parece mejorar, esos avances no se ven en la práctica.

Según el DANE, en este momento 683.000 personas hacen parte del sector doméstico. La directora del Observatorio Laboral de la Universidad Javeriana, Juliana Morad, cuenta que, del total de trabajadores en esta área, el 95 % son mujeres, “es una labor absolutamente feminizada”.

Un reciente estudio realizado por el Observatorio Laboral explica que el promedio de trabajo semanal es de 40,7 horas, pero un 22 % supera las 48 horas. “En casos extremos se han registrado jornadas de hasta 126 horas semanales, especialmente en contextos donde las trabajadoras residen en sus lugares de empleo. Esta situación apunta a una sobrecarga laboral alarmante y a condiciones de sobreexplotación normalizadas”.

Estos son los ajustes que trae la reforma laboral

Según el artículo 33 de la Ley 2466 de 2025, toda persona contratada para labores domésticas (incluidas niñeras y cuidadoras) debe contar con un contrato de trabajo escrito. “Esto puede facilitar la inspección por parte del Ministerio de Trabajo y, por supuesto, el cumplimiento de obligaciones laborales”, explica Morad.

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Por su parte, Alejandra Trujillo, miembro de la Mesa Intersectorial de Economía del Cuidado, afirma que la falta de inspección hace que no puedan conocerse las condiciones reales de las trabajadoras domésticas para garantizar sus derechos laborales. Por esta razón existe un control nulo sobre los posibles incumplimientos que puedan presentarse.

“La mayoría de las trabajadoras tienen contratos verbales que hacen que sea más difícil acudir a una demanda laboral, no solamente por el tema de tener que conseguir un abogado o una abogada, sino porque tienen que conseguir un montón de pruebas”, explica Trujillo.

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Desde que entró en vigencia la reforma laboral, hace ya unos meses, cualquier trabajadora doméstica puede y debe exigir que se establezca un contrato laboral por escrito. Ese contrato debe detallar funciones, modalidad de pago y condiciones, y debe registrarse en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) para garantizar la afiliación a salud, pensión y demás prestaciones.

El incumplimiento puede acarrear sanciones por parte del Ministerio de Trabajo y multas o procedimientos por parte de la UGPP: si no se afilia o no se pagan dos o más periodos mensuales de cotizaciones, el empleador puede llegar a tener multas sucesivas mensuales de hasta 500 salarios mínimos legales vigentes. Además, se exponen a demandas por incumplimiento que pueden terminar en consecuencias legales.

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En adición a lo anterior, y según el Ministerio de Trabajo, el empleador queda obligado a cubrir todos los gastos en caso de que la trabajadora sufra de una enfermedad, tenga algún accidente, necesite la licencia de maternidad o requiera de su pensión.

¿Cómo funciona la cotización por días?

Para las trabajadoras domésticas que cotizan por días, el pago dependerá del número de días que trabaje en el mes. Este número no puede ser menor a siete: si trabaja siete días o menos se le deben pagar siete días.

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Además, si trabaja más de siete días, pero menos de catorce, se le deben pagar dos semanas. Si trabaja más de catorce y menos de veintiuno, se pagan tres semanas y si trabaja más de veintiún días se le debe pagar el mes completo.

“Formalmente en Colombia con la expedición de la reforma laboral las trabajadoras domésticas y el resto de trabajadores tienen legalmente los mismos derechos. Eso no significa que no persistan en la práctica condiciones laborales precarias y desiguales respecto al resto de trabajadores y trabajadoras”, afirma Trujillo.

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Para que las nuevas normativas realmente se cumplan, según Trujillo, se requiere de una campaña de difusión para que las trabajadoras puedan conocer cuáles son sus derechos, además de contar con políticas de inspección para facilitar el acceso a la justicia de estas mujeres.

Tiempo de trabajo y ajuste salarial

Cabe aclarar que hay varios puntos que, aunque ya estaban estipulados desde antes, se reiteran en la nueva reforma laboral y se ajustan a los cambios para los trabajadores a nivel general en el país.

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Según esto, la jornada máxima quedó establecida en ocho horas diarias y 44 horas semanales (de lunes a sábado) hasta julio de 2026, cuando se hará una reducción final a 42 horas. Las horas que excedan este tiempo se tendrán que pagar como horas extra.

Además, trabajar en jornada suplementaria o en condiciones especiales —como es el caso de las trabajadoras domésticas internas— debe reflejarse en el contrato y en la liquidación de aportes (PILA).

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En cuanto al salario, este debe ajustarse al salario mínimo mensual legal vigente, que para este año es de COP 1.423.500, más un auxilio de transporte de COP 200.000.

Es decir, en el caso de las trabajadoras domésticas que cobran por días, el pago mínimo se calcula de forma proporcional: COP 47.450 diarios, más COP 6.667 de transporte, para un total de COP 54.117 por jornada, además del pago de las prestaciones sociales.

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Si bien, la reforma ya está activa, la transición puede tomar tiempo. Aún así, estas nuevas ganancias para las trabajadoras domésticas deberían salir del papel y verse realmente reflejadas en las vidas de estas mujeres.

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Por Luna Mejía Farías

Comunicadora social y periodista de la Pontificia Universidad Javeriana, especializada en temas relacionados con violencias basadas en género y construcción de memoria. En la actualidad cubre temas políticos en el panorama colombiano. lmejia@eleespectador.com
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