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2. “El Ministro de Protección Social Diego Palacio (sic), le ofreció la participación en instituciones a su cargo en el Magdalena Medio, en Barrancabermeja, y así ocurrió porque le nombraron a Carlos Correa Mosquera en la dirección de la Clínica Primero de Mayo de Barrancabermeja, le otorgaron un contrato a su asesor César Guzmán como delegado de la Regional Oriente de Etesa para Santander y se designó a Juan Bautista Hernéndezen el Sena de Barrancabermeja”
3. “Como ya ha sido expuesto por la Sala, no hay duda de que (en) las pruebas acopiadas fluye patente que las dadivas, halagos y promesas burocráticas aceptadas por la congresista y ofrecidas por varios funcionarios del Gobierno, fueron determinantes para que Yidis Medina Padilla ejecutara un acto contrario a sus deberes oficiales…”
4. “Estuvo condicionado por actos corruptos previos al debate … por lo tanto, el voto no puede ser apreciado como independiente de los actos de corrupción que lo originaron”.
5. “…tal respaldo definitivo para su aprobación no surgió como fruto de su libre examen y convencimiento sobre las bondades de la propuesta, sino gracias a las canonjías impúdicas que le ofrecieron y recibió; entonces deviene ilegítima la actividad constitucional desplegada.
Resulta inaudito que desde las altas esferas del poder de la época, por alguno de sus miembros, se impulse la desinstitucionalización al promover el quebrantamiento de las reglas básicas del modelo de Estado cuando en busca de un beneficio particular se impulsó a toda costa un acto legislativo, sin importar que para sacarlo avante se llegare hasta la comisión de conductas punibles como sucede en el sub judice”.
6. “…la aprobación de la reforma constitucional fue expresión de una clara desviación de poder en la medida en que el apoyo de una congresista a la iniciativa de enmienda constitucional se obtuvo a partir de acciones delictivas…”.