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“Criar un hijo, sea o no de uno, es una construcción. Es bonito verlos crecer, formarlos, darles los medios para proyectarlos como personas de bien en medio de tantas dificultades y adversidades. Uno los quiere como si los hubiera parido”. Judith Arrieta es una magangueleña que crió a cuatro niños como si fueran suyos. Esta mujer, que no supera los 50 años, se encuentra en desacuerdo con un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia, en el que ese tribunal determinó que los hijos de crianza, comúnmente denominados hijastros, no son beneficiarios de una pensión de sobrevivencia.
Para ella, la inversión de afecto que demanda la crianza de un niño es enorme y por eso le parece una injusticia la decisión de la Sala Laboral del alto tribunal. Con su voz pausada y llena de amor por los 28 años que les ha dedicado a los que considera sus hijos, dice que erigir un ser humano demanda esfuerzos emocionales, económicos y personales. Para ella es un absurdo que se deje un menor sin la pensión, porque nadie que haya criado un hijo va a querer al morir que el menor quede desprotegido económicamente. Para Judith, ese sería el dolor más grande que pudiera experimentar un padre o una madre de crianza.
Esta situación particular le ocurrió concretamente a Beatriz Elena Suárez Ospina, quien en nombre propio y el de su hija menor de edad Laura María Grajales Suárez, promovió un proceso en contra de las Empresas Públicas de Medellín, EE.PP.MM., para que les reconocieran y pagaran la pensión vitalicia de sobrevivientes de Gabriel de Jesús Ospina López, ex trabajador de la empresa de servicios públicos de esa ciudad, su compañero permanente y con el que vivió más de tres años y medio, hasta el día de su muerte, el 23 de noviembre de 2003.
Beatriz Elena le pidió a la empresa que le otorgara a ella el 50% de la pensión y la misma cantidad a su hija Laura María. Asimismo, pidió los aumentos legales y extralegales, las primas y los otros beneficios a los cuales tienen derechos los pensionados, pero Empresas Públicas de Medellín se opuso a las pretensiones. La compañía adujo que la demandante no convivió con el ex trabajador durante por lo menos cinco años, que es el tiempo mínimo, según lo dispuesto en el sistema general de pensiones, y agregó que “la condición de hijastro (…) no genera obligación a cargo de las EE.PP.MM.”. La decisión fue avalada por el Juzgado Sexto Laboral del Circuito de Medellín.
Beatriz Elena apeló la decisión y el tribunal le dio la razón. Esta vez los jueces consideraron que si bien Laura Grajales no era hija de Jesús Ospina, éste fue como un verdadero padre para ella, la trataba como a su hija y asumió los gastos que ameritaban su manutención y su cuidado. Por otra parte, los juristas corroboraron que los amigos y los vecinos reconocían a la menor como hija del occiso. “Dado que la finalidad de la pensión de sobrevivientes es proteger a las personas que dependían económicamente del causante al fallecer y que han quedado desprotegidas por tal hecho, la Sala (…) concederá el derecho a la pensión de sobrevivientes en cabeza de la menor”.
Pero, inconformes con la decisión, las EE.PP.MM. se opusieron nuevamente y esta vez la Corte Suprema les dio la razón, porque en el fallo a favor de Beatriz Elena y su hija Laura María se habían aplicado indebidamente algunos artículos de ley. “Al no estar prevista dentro de dicha ley, la civil, la existencia civil de ‘la hija de crianza’ o de la hijastra, evidentemente quien ostente esta calificación jamás podría estar llamado a constituirse en legítimo acreedor de una pensión de sobrevivientes”.
Así las cosas, ningún hijo o hija de crianza, hijastro o hijastra en Colombia podrá acceder, según la ley, a los beneficios económicos que le brindaría la pensión del padre o de la madre cuando fallezcan. Para Judith Arrieta, la ciudadana de Magangué (Bolívar) que ha criado a cuatro hijos que biológicamente no son de ella, aunque el fallo no afecta el amor que un padre siente por su hijo, es en sí una frustración que el Estado le causa, porque deja a los menores desamparados al no otorgarles ese recurso económico del cual dependían para salir adelante.