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¿Responsabilidad civil o penal?

Procurador pide a Corte Constitucional declarar exequibles delitos de injuria y calumnia.  

02 de febrero de 2011 – 10:58 p. m.

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El procurador general, Alejandro Ordóñez, pidió a la Corte Constitucional declarar exequibles los tipos penales de injuria y calumnia. Declaración que abre el debate sobre cuáles son los límites a las libertades de pensamiento. Meses atrás los ciudadanos Eduardo Márquez González y David Armando Rodríguez habían interpuesto una demanda contra los artículos del 220 al 228 del Código Penal, arguyendo que el ámbito de estos derechos debía ser tratado en una “ley expedida por el Congreso, de manera clara, inequívoca y taxativa”,  y que por lo mismo, los delitos de injuria y calumnia debían ser retirados de  dicho código.


Para el periodista y sociólogo Alfredo Molano Bravo, el tema es de alta complejidad porque tiene un trasfondo político y otro jurídico. “La restricción a la libertad de pensamiento busca ampliar el ámbito de la judicialización de la sociedad, lo que es una forma de represión. De otro lado, en el caso concreto de la restricción al librepensamiento, significa un recorte a la libertad de opinión, que en este momento, podría buscar disminuir la presión a favor de los procesos que cursan o pueden cursar contra el ex presidente Uribe” expresó.


Por su parte, para el abogado y también columnista de este diario Ramiro Bejarano, lo que propone el Procurador “es todo lo contrario a lo que dice la Constitución: la libertad de pensamiento es ilimitada y en el ámbito de la libertad de expresión, en el caso de quien informa, el limite es que la información debe ser objetiva y veraz, y para quien opina, sus acusaciones tienen que ser sobre hechos probados. Decir que alguien puede limitar la libertad de pensamiento es la estupidez más sonora que he oído en los últimos tiempos”, aseveró Bejarano.


María Teresa Herrán, periodista y abogada, considera que la libertad de expresión, aunque es preferente, sí tiene límites, que son acusar a alguien de manera irresponsable y sin pruebas de un delito. “Me parece que la Corte Constitucional se debería declarar inhibida y que se debe propiciar, en esta Colombia tan lengüilarga y peleadora, el debate complejo que ya está planteado en América Latina, entre los partidarios de despenalizar y mantener solo indemnización civil de perjuicios (enfatizando mas que todo en la protección económica del derecho fundamental) y los que creen que injuriar y calumniar es también un delito”, expresó la periodista.


Frente al debate sobre la despenalización de la injuria y la calumnia, que es lo que se encuentra en el fondo de la discusión, la analista política y periodista Clara López, sobre quien cursa un proceso por estos delitos ante una denuncia interpuesta  por el ex presidente Ernesto Samper, se manifestó en favor de la despenalización y argumentó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sentado jurisprudencia sobre el tema, la mayoría de veces en favor del derecho a la opinión y la libertad de prensa.


Finalmente, para el senador Roy Barreras, quien presentó un proyecto para la despenalización de estos delitos, “el tema de la injuria y la calumnia atraviesa tanto por la libertad de prensa como de opinión, que son ejercicios muy importantes para la democracia en Colombia, por lo que creo que debe primar el interés colectivo, que en este caso es el debate público y la necesidad de que crezca el ámbito de la denuncia ciudadana, ejercicio que desarrolla la prensa. Así que pienso que deben ser despenalizados y que los casos en que la injuria y la calumnia sean de mala fe deben tener un impacto civil. En ningún caso la libertad de opinión debe ser coartada con la amenaza de ser llevado a la cárcel”, concluyó el senador del Partido de la U.

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