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La Personería de Bogotá formuló cargos contra el gerente General de Metrovivienda, Francesco Ambrosi Filardi y su directora Jurídica, Olga Teresa de Jesús Ávila Romero, por presuntas irregularidades en la expropiación del predio "El Porvenir", ubicado en la Calle 48 sur N0. 110- 28 de la localidad de Bosa,
Al parecer, actuaron con negligencia frente a su responsabilidad en la defensa de los intereses de la ciudad, dando lugar a la invasión del predio donde estaba previsto el desarrollo de un proyecto de interés social.
Según datos suministrados por la Personería Distrital, en febrero 6 de 2009 la empresa de vigilancia privada Protevis, le informó a Metrovivienda sobre la ocupación irregular del lote por personas que están construyendo de manera ilegal, para lo cual Metrovivienda inició las acciones ante la Alcaldía Local de Bosa, entidad que realizó los sellamientos correspondientes.
"Como pago anticipado por la adquisición del inmueble, Metrovivienda consignó a favor de la señora Nohora Tapias y a órdenes del Juzgado la suma de $273.319.895, quedando pendientes $773.092.548, para un total de$1.046.412.443.30 -según el segundo avalúo-, y pendiente también la entrega del predio por parte del Despacho Judicial a la Entidad Metrovivienda", señala el informe del ente de control.
Así mismo, señala que el 27 de febrero de 2009 se ordena la suspensión y sellamiento de las obras, oficiando al Comandante de la Estación de Policía local, hacer efectiva la medida, quien manifiesta que los ocupantes han seguido construyendo y que la policía ha dispuesto la ubicación de uniformados durante las 24 horas, dado que los infractores se niegan a cumplir la orden.
Cronología de los hechos según la Personería
En mayo 15 de 2003 la sentencia del Juzgado Décimo Civil del Circuito, decreta la expropiación del inmueble y en septiembre 19 de 2003 el despacho dispone que previo a ordenar la entrega del inmueble se acredite el pago del 50% del avaluó. Metrovivienda allega depósito judicial de octubre 10 de 2009 por valor de $273.319.895.50.
En octubre 31 de 2003, se ordena la entrega anticipada del predio, señalando el 23 de enero de 2004 y en junio 22 de 2004, la Juez Décimo Civil del Circuito, dispuso dentro de la misma "…suspender la diligencia para cumplir la vigilancia judicial dispuesta por el Consejo Seccional de la Judicatura y realizar nuevo peritazgo…"
Aparece el nuevo avalúo cuyo valor se modifica a $ 1.393.995.110 y el Despacho mediante sentencia de abril 22 de 2008 resuelve declarar no probada la objeción por error grave al dictamen pericial y lo aprueba en la suma de $ 1.073.852.866.65.
La entrega del inmueble no se pudo llevar a cabo porque la parte demandante no acreditó la consignación total del avalúo.
Finalmente, el ente de control señaló que "el apoderado solicitó al despacho hacer la entrega anticipada del predio, dado que se cumplió con la consignación del 50%. A la petición el despacho señaló que ya no es posible hablar de entrega anticipada, toda vez que ya existe sentencia y avalúo en firme, motivo por el cual para proceder a la entrega del inmueble, deberá haber realizado la consignación total del segundo avalúo".
Hasta el momento, Metrovivienda no se ha pronunciado al respecto.