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Samuel Moreno insiste que no ha infringido ninguna norma del Código Penal

Asegura que todas sus actuaciones han estado apegadas a la ley y a proteger el patrimonio público.

21 de junio de 2011 – 01:02 p. m.

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Por los presuntos delitos de prevaricato por omisión, concusión, peculado por apropiación y celebración de contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales, la Fiscalía anunció que imputará cargos al suspendido alcalde mayor de Bogotá, Samuel Moreno Rojas.

La decisión fue comunicada por la propia fiscal Viviane Morales, quien detalló que la audiencia en la que además se pedirá medida de aseguramiento contra el mandatario, se realizará el viernes 29 de julio a partir de las 7:30 a.m.

Al respecto, el suspendido alcalde de Bogotá sostuvo, mediante un comunicado, que no ha infringido la ley, al tiempo que enfatizó en que jamás ordenó contratar a determinadas personas.

Moreno Rojas, que dijo que se enteró de las medidas adoptadas por el ente acusador a través de los medios de comunicación, aseguró que asistirá a la diligencia para ejercer «mis derechos constitucionales de defensa y contradicción».

Frente al caso, el Polo Democrático Alternativo aseguró que «acata y respeta la decisión de la Fiscalía General» al tiempo que espera que «las autoridades judiciales garanticen el debido proceso a Moreno Rojas para que éste pueda adelantar a cabalidad su defensa».

Este es el comunicado emitido por Samuel Moreno:

Me he enterado, por los medios de comunicación, de la información suministrada por la señora Fiscal General de la Nación en el sentido de imputarme cargos y solicitar medida de aseguramiento en mi contra. Estoy dispuesto a asistir, como siempre lo he hecho, a las convocatorias que me hagan las autoridades judiciales, pues allí ejerceré mis derechos constitucionales de defensa y contradicción.

Creo en la justicia colombiana y con mayor razón cuando la Fiscalía, como parte, expondrá sus argumentos ante un juez imparcial, ante lo cual mi defensa hará lo mismo.

Estoy convencido de no haber infringido norma alguna del Código Penal: en primer lugar por cuanto no he omitido el cumplimiento del deber frente a la contratación distrital y su ejecución, pues los entes de tal orden gozan de autonomía e independencia; en segundo lugar con respecto a los demás cargos, jamás he solicitado dinero, ni ordenado contratar con determinadas personas o facilitado que otro se apropie de dineros del Estado.

Todas mis actuaciones han estado apegadas a la ley y a proteger el patrimonio público. 

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