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Hace un mes, un trabajador del SER acudió a la oficina de Chrystian Hernández Castaño, abogado especialista en derecho administrativo, para exponer su desvinculación del sindicato. Según el afectado, quien estaba a cargo de la contabilidad de la organización, le informaron que iban a contratar a otra persona y que no le iban a pagar prestaciones ni cesantías, ya que tenía un contrato por prestación de servicios. Este tipo de contrato no existía en la legislación colombiana para el año en el que ingresó al sindicato: 1986.
De acuerdo con Hernández, el trabajador le entregó certificados firmados por el presidente del SER en los que constaba que había ingresado hace 35 años y que tenía un salario establecido. Además, le presentó exámenes periódicos exigidos por la organización y demostró que estaba vinculado a una póliza de seguros que solo se le otorga a las personas que están empleadas. “Esos son exámenes que se le piden a las personas que tienen contrato laboral y no contrato por prestación de servicios”, aseguró. “El señor tiene derecho a una indemnización por despido injusto, además del pago de sus prestaciones”, agregó.
El abogado afirma que, tras realizar la reclamación administrativa, el sindicato contestó de manera evasiva, por lo que no quedó otro camino que presentar una demanda por despido injustificado. A día de hoy, ya acusa ante el Juzgado Primero Laboral del Circuito, de la ciudad de Pereira.
“Llama la atención que el sindicato salga a las calles a pedir por la protección de los trabajadores, pero que no aplique lo mismo en su interior. Es indignante que no le den valor a una relación laboral de 35 años”, dijo.
Hernández también afirma tener conocimiento de que, a raíz de la demanda presentada, algunas personas que presenten condiciones similares acudirán a su oficina para realizar la reclamación. “Es un tema recurrente el hecho de contratar por prestación de servicios cuando lo que aplica realmente es un contrato de trabajo”, sentenció.